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La Audiencia de Córdoba absuelve a un acusado de agresión sexual tras retractarse su expareja en el juicio

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a A.A. de un delito de agresión sexual y maltrato a su expareja por el que se enfrentaba a 10 años de prisión al retirar esta la acusación contra él y declarar en el juicio que no recordaba nada de esos episodios de los que venía acusando la Fiscalía.

| etiquetas: agresión sexual , viogen
13 2 4 K 105
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El Fiscal mantuvo la solicitud de imposición a A.A. de diez años de prisión, en concepto de autor de un delito de agresión sexual, y la de diez meses de privación de libertad por los malos tratos en el ámbito de la violencia de género de los que habría sido víctima L.L., porque el hecho de que la denunciante hubiera retirado todos los cargos contra A.A., que es lo primero que manifiesta al iniciar su declaración en el plenario, arguyendo luego a preguntas del Ministerio Público que «no

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#1 ¿y las pruebas? ¿Se puede condenar sin pruebas?
#2 El testimonio de una persona puede ser considerado una prueba, sobre todo en ciertos delitos y si el testimonio parte de una mujer y se dirige contra un hombre. Es más, para ciertos fiscales como el de este caso, aunque la mujer se retracte, sigue habiendo suficiente carga probatoria incluso prescindiendo de su testimonio.

Cositas que tiene el estado heteropatriarcal ese que dicen.
#3 Una declaración no puede ser considerada como prueba cuando existe la posibilidad de que sea falsa.

Ya sé que se hace, pero es un abuso y se condena en un estado de indefensión.
#2 Mientras no sea tonta del culo y se contradiga a si misma ya no hacen falta pruebas, como cuando se quemaban brujas. Bienvenido a la edad media
Lo siguiente es que la mate.

menéame