Los magistrados declaran la nulidad de varios de los puntos de méritos para interinos: "tener la experiencia profesional mínima demostrable" que exijan las bases específicas para el puesto al que se opta; y "haber prestado servicios por un periodo igual o superior al año (365 días) en puesto análogo al que opta, prestados desde el 1 de enero de 2007". Lo que supone que se quedarán fuera algunos trabajadores en situación de larga interinidad.
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