Hace 2 años | Por jm_naron a elmercantil.com
Publicado hace 2 años por jm_naron a elmercantil.com

La nueva modificación del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y la Ley de Navegación Marítima incorpora, por primera vez, una regulación aplicable a los buques autónomos o sin tripulación, que estarán sujetos a las normas generales de navegación.

Comentarios

tiopio

Pero seguro que tienen que pagar la seguridad social, el iva y irpf para que luego, les quede una pensión de mierda.

Urasandi

#1 La legislación panameña o liberiana son así.

Garbns

#5 Aparte de los seguros, entra en juego el tema de los minimum safe manning, las horas de trabajo/descanso de la mlc, mantenimiento y la seguridad de los tripulantes durante la navegación ya que los armadores van a intentar llevar a los menos tripulantes posibles, si les dejan llevan a uno.

Luego el tema del cybersecurity que por ahora ninguna naviera se lo ha tomado "en serio" y los requisitos para las aproximaciones a puerto o canales.

A ver que pasa, pero ya nosotros y otras IACS hemos sacado normativa para la certificación de las embarcaciones autónomas y son un lio bastante curioso.

Garbns

en España y en todo el mundo, acaso creen que la IMO no ha estado preparando la normativa ya..

https://www.imo.org/en/MediaCentre/HotTopics/Pages/Autonomous-shipping.aspx

Estos son capaces de sacarse otras "normas complementarias al SOLAS" de la manga

Urasandi

#3 Hace tiempo un capitan me explicaba que el problema no era técnico, era de la prima de los seguros.

f

Pues igual son los primeros que las cumplen.

D

El del faro de finisterre se lo va a pasar fetén lol