La Ley 23/2013 en su artículo 48 que trata sobre la revalorización de las pensiones establece, después de presentar la fórmula que determina el índice de revalorización de pensiones (IRP): “En ningún caso el resultado obtenido podrá dar lugar a un incremento anual de las pensiones inferior al 0,25 por ciento ni superior a la variación porcentual del índice de precios de consumo en el periodo anual anterior a diciembre del año t, más 0,50 por ciento”. Y la tasa de variación anual del IPC en diciembre de 2014 fue de -1%.
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