Los menores de entre 16 y 14 años podrán cambiar de sexo en el registro siempre que acudan acompañados de sus padres o tutores legales. Los menores entre 12 y 14 años necesitarán autorización judicial. Los menores de 12 años no podrán cambiar su sexo en el registro, pero sí su nombre el DNI. Se prohíben las terapias de conversión destinadas a modificar la orientación o la identidad sexual o la expresión de género, con independencia del consentimiento que pudieran haber prestado las mismas o sus representantes legales.
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