El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago declaró en una sentencia del 11 de enero de 2021 la nulidad de un contrato de línea de crédito de Cofidis del 3 de junio de 1997 por carecer de reglamento que regule sus condiciones generales y su funcionamiento, no superando los controles de incorporación y transparencia. Como consecuencia de la nulidad, la compañía devolverá al cliente, un compostelano, 14.700 euros con los intereses legales y con imposición de costas. El cliente fue defendido por el letrado de Santiago de Fernando Mosquera
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