Hace 9 años | Por armando.morles a idealista.com
Publicado hace 9 años por armando.morles a idealista.com

No todo en esta vida es alquilar o comprar. Hay otras formas de acceder a una vivienda, como es a través del desconocido “derecho de uso”. Se trata de un modelo habitacional más asequible que está ampliamente desarrollado en los países nórdicos y que en España comienza tímidamente a desarrollarse. La cooperativa Sostre Civic es la pionera en levantar viviendas donde el cooperativista no compra la vivienda ni tampoco la alquila, sino que lo que hace es pagar una cuota mensual más económica por ser usuario de la casa de manera indefinida.

Comentarios

BillyTheKid

#1 En Cataluña, donde hay separacion de bienes, la esposa hereda el usufructo de lavivienda habitual si era propiedad del esposo. Ese usufructo, muy habitual, es vitalicio.

LuisPas

#3 creo que pasa en toda espana, hablo de memoria, pero creo que es asi

BillyTheKid

#5 no, el regimen matrimonial general en España es gananciales

LuisPas

#11 #10, perdon, me referia al usufructo, incluso en gananciales la pareja disfuta del usufructo de la vivienda, no?

BillyTheKid

#12 no estoy seguro de eso en el resto de España

D

#12 En gananciales puede disfrutar del 50% de la vivienda en usufructo (el otro 50% es suyo) lol, si así lo deja dicho en testamento. El usufructo se puede extender a cualquier propiedad.

LuisPas

#16 solo si lo dice el testamento? no era por defecto?

D

#17 Creo debe figurar en testamento, si no es así pasa a herederos, normalmente, descendientes. lol

LuisPas

#18 ah, gracias!

S

#10 Pero nada te impide modificarlo al casarte, el gananciales es por defecto (algo estúpido a mi parecer) pero tu te casas como quieres.

D

#5 Lo del usufructo tiene que figurar en el testamento si no es así no hay usufructo lol. También existe una fórmula que valora la cuantía del usufructo, si la cobra, ahí termina el usufructo.

BillyTheKid

#1 En la cima de la burbuja de la crisis inmobiliarias, se puso de moda las hiptecas inversas, que eran una venta de la vivienda al banco, guardando el usufructo vitalicio y cobrando además una renta vitalicia

LuisPas

#4 tambien lo de la multidivisa y algunos se estan tirando de los huevos por ello

Tartesos

#1 El modelo que presenta el artículo es distinto al usufructo ya que el usuario en realidad paga una renta, parece que más baja que la habitual de mercado por la zona, y el usufructuario disfruta del bien sin cargo, además de otros derechos.

Por supuesto me quedo con el usufructo, aunque este no se puede heredar indefinidamente como un bien en propiedad.

D

#8 Ya me he leído el artículo y sé distinguir uno de otro, pero el titular es erróneo.
El derecho de uso ya existía en España.

Bernard

#9 Así es. El derecho de uso y habitación se contempla en el Código Civil desde su redacción original en 1889. No es nada muy nuevo. Otra cosa es que se esté promoviendo ahora esa práctica.

Art 870.

“el derecho de uso es el derecho real que consiste, generalmente, en la facultad de gozar de una parte limitada de las utilidades y productos de una cosa.

Si refiere a una casa y la utilidad de morar en ella, se llama derecho de habitación”

G

#1 Yo por ejemplo tengo una casita antigua heredada en propiedad pero que disfrutara como usufructo otro familiar hasta que la palme.

Pero no es igual, esto es como un alquiler pero debe ser alguna nueva forma/figura de pagar menos impuestos o algo así que se sacaron de la manga.

El usufructuario no paga alquiler ninguno.

La noticia dice "no todo esta vida es alquilar o comprar" eso es falso, estas alquilando el uso de la vivienda con una cuota mensual como un alquiler. Supongo lo dicho otra figura legal para pagar menos por otro lado.

Etrusco

Esta legislación debería ser libre

ur_quan_master

suena a alquiler sin derechos

BillyTheKid

#2 efectivamente, las basuras, los gastos comunidad, las reparaciones, seguro etc etc son a cargo del que tiene el derecho de uso.
Además, no puedes "largarte" cuando quieras como con un alquiler, porque el uso es tuyo.