La pena máxima del tipo básico de la agresión sexual baja de los 5 a los 4 años de prisión. La pena mínima por agresión sexual con penetración baja de los 6 a los 4 años de prisión. La pena por agresión sexual con agravantes, que era de 5 a 10 años, pasa a ser de 2 a 8 años. Esta es la principal consecuencia de la eliminación de la distinción entre el abuso y la agresión sexual. Junto a ello, mayor discrecionalidad de los jueces (los nuevos márgenes son enormes) y menos proporcionalidad: se castigan igual delitos de distinta gravedad.
Comentarios
Si no tienes delincuentes en la calle no puedes justificar el chiringuito. Bueno, lo justificarán por el aumento de detenciones.
Oh vaya, no me lo esperaba!!
Los de la manada esa de los San Fermines podran pedir revision de condena entonces?