Hasta ahora, el reglamento establecía que los directores generales no podían trabajar en entidades reguladas por el Banco de España durante los seis meses siguientes a su cese. Durante ese tiempo, podían cobrar una pensión compensatoria del 40% de su sueldo.
Comentarios
Más a chupar del bote.
¿80% del SMI? Menuda putada