Hace 4 años | Por perico87 a buenjuicio.com
Publicado hace 4 años por perico87 a buenjuicio.com

Una de las consecuencias que tendrá la declaración del Estado de Alarma está en sus efectos económicos. Desde autónomos que no pueden abrir sus locales a empleados sometidos a suspensión de pagos por inactividad. Esta circunstancia trae una reacción en cadena en la economía familiar que si no se prevé adecuadamente, puede devenir en catástrofe. La cláusula rebus sic stantibus establece que, acreditada la caída de actividad, puede invocarse una moratoria en el pago de obligaciones, su reducción o la resolución de los contratos.

Comentarios

JohnSmith_

Con los juzgados cerrados ... dificilmente.