Hace 6 años | Por nacho1984 a blog.sepin.es
Publicado hace 6 años por nacho1984 a blog.sepin.es

Respuestas a las dudas que puedan surgir en torno a la aplicación del art. 1967 CC, que establece un plazo de tres años para la prescripción de las acciones que corresponden a diferentes profesionales para exigir el pago de sus honorarios