Hace 3 años | Por nereira a diariodenavarra.es
Publicado hace 3 años por nereira a diariodenavarra.es

El juzgado de instrucción de Cieza (Murcia) que investiga la denuncia presentada por un joven de Fortuna que acusa a su madre y a la pareja de esta de maltratarlo por su condición homosexual ha denegado la orden de protección que había pedido. En un auto al que ha tenido acceso Efe, el juzgado señala que “no procede la medida, porque no se observa una situación objetiva de riesgo en el perjudicado, dado el tiempo transcurrido entre los hechos y la solicitud de la misma”.

Comentarios

E

#3 Esas observaciones las hace un juez a partir de pruebas e indicios, y por lo que ha visto el juez, no hay indicios, que puede que sea un machista homófobo, pero parece que lo que pasa es todo un poco mas complicado.

Hasta donde yo he entendido (que no me he estudiado el caso ni soy abogado ni nada:
-hay una denuncia del hijo a la madre por maltrato, y de la madre al hijo por agresión.
-el juez dice que hay versiones contradictorias y no está tan claro que sea verdad lo que dice.
-también dice que no tiene sentido pedir protección tanto tiempo después de ocurridos los hechos.

Esa ley que tan poco te gusta, da mas facilidades en un sentido, pero ni obliga ni impide en el otro. No sé que habría pasado si la victima hubiera sido una mujer, eso es justicia ficción, y no se me da muy bien. Es más, ni siquiera sé lo que ha pasado en este caso, que tiene mas sombras que luces.

La impresión que a mi me ha dado, es que este chico, ha tenido una movida con su madre, y han llegado a las manos, la madre lo denunció por agresión, y el con o sin razón la ha acusado de maltrato. A todo esto han llegado a juicio, y el juez ha dicho que no le cree, si le hubiera creído habría puesto las medidas de protección exactamente igual que si hubiera sido mujer o jugador del racing.

CC #4

carakola

Y por eso estoy en contra de la ley de la violencia de género, por la cantidad de víctimas que se quedan fuera de la protección. Por una ley contra la violencia que amplie la protección y no distinga víctimas según su sexo u orientación.

E

#1 Que la sentencia vaya en ese sentido porque el juzgado no le da la razón, y no tenga nada que ver con lo que comentas ni nos lo planteamos ¿verdad?

Nylo

#2 el juzgado dice que "no se observa una situación objetiva de riesgo". La cuestión aquí es que desde la LIVG estas observaciones se realizan mirando a través de un cristal de cierto color, que hace que sólo se vea riesgo si la víctima es mujer y el potencial agresor es hombre. Pero estaré encantado de que cualquiera me contradiga trayendo un ejemplo de medida cautelar aprobada de protección de un hombre que la solicitase con respecto a una mujer, sin haber condenas firmes de por medio. Supongo que alguna habrá de algún caso extremo pero no debe de ser fácil de encontrar.

Homertron3

#2 que no tiene nada que ver? Si en lugar de un joven es uan joven ya te fimro que sí le dan protección y capaz que la pareja de la madre al trullo de cabeza por si acaso