Ante la Huelga Estudiantil del próximo 9 de Marzo, y ante las dudas, estos son tus derechos: Los estudiantes tienen derecho a huelga - No se pueden poner exámenes ni sanciones por ejercer el derecho a huelga - No se pueden pedir datos personales por asistir a una asamblea o secundar una huelga - Los estudiantes a partir de 3º de ESO en adelante no necesitan permiso paterno para ejercer su derecho a huelga
Lo que tienen que hacer los estudiantes a esas edades es estudiar y dejar la huelga a profesionales como la del sindicato de estudiantes. Si los chavales estudian más y repiten menos los presupuestos de educación cundirán más.
Artículo 8, párrafo 2 de la Ley 8/1985: “En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.”
#3 No tienen derecho a la huelga, pero sí derecho a manifestarse sin penalización alguna. Pués ya se considera penalización perder el día de clase, otra cosa es que por solidaridad o porque no quieran los profesores/as no quieran dar ese día clase, especialmente si no hay ningún alumno/a en el aula.
Comentarios
A partir de 3° de ESO nada...
Tal y como indica el nombre es enseñanza OBLIGATORIA y la asistencia es obligada salvo que los padres o tutores autoricen la no asistencia.
Esa ley de 1985 estaba en vigor con un plan de estudios distinto en el cual tan solo era obligatoria la enseñanza basica (EGB).
Lo que tienen que hacer los estudiantes a esas edades es estudiar y dejar la huelga a profesionales como la del sindicato de estudiantes. Si los chavales estudian más y repiten menos los presupuestos de educación cundirán más.
Que yo sepa, los estudiantes no tienen derecho a huelga, ya que no son trabajadores. La Constitución recoge el derecho a huelga de los trabajadores.
#3 Lee la noticia:
Artículo 8, párrafo 2 de la Ley 8/1985: “En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.”
#3 No tienen derecho a la huelga, pero sí derecho a manifestarse sin penalización alguna. Pués ya se considera penalización perder el día de clase, otra cosa es que por solidaridad o porque no quieran los profesores/as no quieran dar ese día clase, especialmente si no hay ningún alumno/a en el aula.
Salu2
¿Irrelevante recordar los derechos? Voto meditado, si señor.
¿Cansina? ¿Cuántas noticias sobre la huelga de estudiantes hay, jorso? Hazte mirar ese resentimiento.
#1 respeta el voto del resto de usuarios.
#6 Por supuesto que lo respeto, pero lo critico y digo lo que me da la gana al respecto.