Hace 4 años | Por IvanIT a uoc.edu
Publicado hace 4 años por IvanIT a uoc.edu

Limitar la presencia o la circulación de personas y vehículos en determinados lugares y horas, requisar bienes temporalmente o racionar el consumo de artículos de primera necesidad son algunos de los derechos que se han visto limitados durante este confinamiento.

Comentarios

Sophia

Gracias por esta aportación, es importante que se abra el debate de qué es legal y qué no lo es en el estado de alarma, y que se tomen las actuaciones correspondientes o que por lo menos la gente con sanciones sepa qué alternativas tiene.

IvanIT

#1 si, no todo vale

i

#0 la ciudadanía deberíamos saber más sobre nuestros derechos. Que pongan mandos militares y policiales amenazandonos en la tele a diario, no debería significar acatar la pérdida de nuestros derechos como si fuéramos borregos.

D

Según el artículo se han visto vulnerados los derechos a:
- Limitar la presencia o circulación de personas
- Requisar bienes temporalmente
- Racionar el consumo de artículos de primera necesidad



Llamadme desconfiado, pero no suelo fiarme de análisis jurídicos de personas que no son capaces de redactar una simple idea de forma correcta.

germancantador

Hacen bien en perfilar el estado de alarma porque estas "excepciones" se van a ir dando durante el 20 y el 21. Como dicen mas arriba, no todo vale.