Hace 19 días | Por Elnuberu a lavozdeasturias.es
Publicado hace 19 días por Elnuberu a lavozdeasturias.es

El autor, que ya había coincidido anteriormente con el menor compartiendo espacio durante la práctica deportiva y luego nuevamente en los vestuarios masculinos, consiguió mediante engaño, que éste accediera al baño tirándole de los brazos hacia adentro, cerrando la puerta a la vez que le tapaba la boca y le realizaba actos de índole sexual a pesar de la oposición del menor que consiguió zafarse y salir huyendo apresuradamente del lugar.

Comentarios

Gry

¿Eso no es una agresión sexual?

helia

#1 Creo que según el código penal si, mira
Artículo 178. El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cuatro años.

c

#2 Estás mirando una versión antigua del CP, ya no hace falta ni violencia ni intimidación, solo falta de consentimiento.

x

#1 si la víctima sufre, sí

Gerome

#1 Con todas las letras. Más tratándose de un menor.

l

La investigación continúa abierta ya que no se descarta la existencia de más episodios de agresiones sexuales llevados a cabo por el denunciado sobre otras víctimas, informa

Casi seguro que no fue un caso aislado.

Clitoriano

#3 A mi siempre me da por pensar como de trastornada tiene que estar este tipo de individuos para no caer en la cuenta de que los van a pillar y localizar con facilidad.

Guanarteme

#5 Puffff, lo mismo quiero pensar yo: que un menor ante estos casos va a decirlo; pero me aterra el pensar que ya lo había hecho alguna otra vez y que el menor callase por vergüenza....

NPC1

Come bocata de calamares