Publicado hace 1 año por ccguy a laboro-spain.blogspot.com

Está es una pregunta recurrente de los trabajadores, cuya respuesta depende del tipo de baja médica y de qué convenio se trate en cada caso. En uno de nuestros artículos básicos, ya explicamos que hay dos tipos de baja médica: las de contingencias profesionales y las de contingencias comunes. En las bajas por contingencias profesionales, se tiene derecho a cobrar la prestación de la SS del 75% desde el día siguiente al de la baja y el día de la baja lo tiene que pagar la empresa íntegramente, tanto si habéis trabajado como (...)

Comentarios

delcarglo

Si has ido a trabajar, aunque sean cinco minutos, y luego te vas, ese día cuenta como trabajado...así me lo explicó mi médico.