“Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia”. Esta frase se repite BOE tras BOE desde que se decretó el Estado de Alarma por la Covid-19. Esta situación es nueva para muchas empresas y trabajadores. ¿Qué se puede y qué no es legal hacer en condiciones de teletrabajo? ¿Debe la empresa proveerme un ordenador e Internet? ¿Puede instalarme herramientas de control en estos equipos? ¿Debe abonarme una parte del incremento de mi gastos?
Comentarios
#2 Hay gente a la que en nómina le ponen un plus por gastos de desplazamiento.
¿Me pueden descontar lo que me pagan por gastos de desplazamiento?
#1 gastos de qué?????
![:lol: lol](https://cdn.mnmstatic.net/v_149/img/menemojis/36/lol.gif)
Pueden descontar el 100% de lo que pagan...