Hace 5 años | Por Danichaguito a eldiario.es
Publicado hace 5 años por Danichaguito a eldiario.es

No existe dificultad en el reconocimiento de la libertad en el ejercicio de la vertiente negativa del derecho. Todo individuo dispone de libertad para poner fin a la propia vida. El suicidio no está tipificado como delito en nuestro ordenamiento. De lo que no se dispone es del DERECHO a poner fin a la propia vida. Pilar tenía derecho a morir en paz,sin forzar a su marido a cometer un acto antijurídico. Ángel tenía derecho a velar a su mujer,acompañado de sus familiares,en su casa y no a tener que pasar la noche en un calabozo..