La comisión de delitos sexuales creada tras la sentencia de 'La Manada' estudia rebajar de 15 a 12 años la pena máxima por violación. La comisión de expertos, que se reúne este jueves, sí está de acuerdo en suprimir el término abuso sexual y que todos los delitos sexuales sean considerados "agresión" o "violación"
#2:
No es verdad porque en este momento el delito de violación no existe en el Código Penal, así que mal pueden rebajar la pena de algo que no está tipificado. La manipulaciones habituales de la prensa de género.
No es verdad porque en este momento el delito de violación no existe en el Código Penal, así que mal pueden rebajar la pena de algo que no está tipificado. La manipulaciones habituales de la prensa de género.
"ARTÍCULO 179
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años."
Que el delito de violación no esté tipifciado como tal, que evidentemente sí lo está(*), no quiere decir que no exista. La prensa, además de manipular, informa; y lo importante, es hablar en cristiano. Para todolo demás, ponga aquí su conspiración.
Estos son tontos. Lo único que tienen que cambiar es una palabra: Abuso -> violación. Agresión sexual -> Violación con agravante y dejar el resto como está. Si rebajan las condenas máximas se va a producir otra tormenta de mierda.
#7 No sale rentable asesinar a la víctima porque los jueces no son idiotas. Mira como les quieren pasar la "pelota caliente" de la definición del consentimiento para que la interpreten ellos.
Comentarios
No es verdad porque en este momento el delito de violación no existe en el Código Penal, así que mal pueden rebajar la pena de algo que no está tipificado. La manipulaciones habituales de la prensa de género.
#2 No soy experto en esto.
Esto dice el art 179 del codigo penal:
"ARTÍCULO 179
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años."
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html
No se si es que hay modificaciones posteriores.
#2 ¿La prensa de género? #Yanosabemosquéinventar.
Que el delito de violación no esté tipifciado como tal, que evidentemente sí lo está(*), no quiere decir que no exista. La prensa, además de manipular, informa; y lo importante, es hablar en cristiano. Para todolo demás, ponga aquí su conspiración.
Artículo 179 :Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
Estos son tontos. Lo único que tienen que cambiar es una palabra: Abuso -> violación. Agresión sexual -> Violación con agravante y dejar el resto como está. Si rebajan las condenas máximas se va a producir otra tormenta de mierda.
#4 Efectivamente, parece que lo importante son los nombres.
#4 Tu comentario me ha hecho recordar este viejo asunto:
Qué pensaba cada partido en 1995 sobre quitar el término "violación" del Código Penal
Qué pensaba cada partido en 1995 sobre quitar el t...
magnet.xataka.com#4 No es normal que salga rentable asesinar a la víctima, joder
#7 No sale rentable asesinar a la víctima porque los jueces no son idiotas. Mira como les quieren pasar la "pelota caliente" de la definición del consentimiento para que la interpreten ellos.
Me parece genial, si sustituyen esos tres años por castración si no se le ve rehabilitado.
Con que los compañeros de prisión les parezca bien, perfecto, pero mucho me temo que no será así.