Hace 3 años | Por aiounsoufa a diariodemallorca.es
Publicado hace 3 años por aiounsoufa a diariodemallorca.es

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldó este martes limitar el alquiler no residencial cuando exista escasez de viviendas, ya que "constituye una razón imperiosa de interés general". En su sentencia, el TJUE considera "conforme con el Derecho de la Unión una normativa nacional que somete a autorización el arrendamiento, de forma reiterada, durante breves períodos de tiempo, de un inmueble amueblado destinado a uso de vivienda a clientes de paso que no fijan en él su domicilio".

Comentarios

Verdaderofalso

Estos comunistas de la UE

Urasandi

#2 Aquí la última vez que oí hablar del interés general era para echar el furbol en abierto.

D

#2 y además tambien tienen sistema protección social (viviendas, subsidios...). Así no se crean empleos

Verdaderofalso

#10 menudos rojeras

D

#6 depende de las características geologicas del terreno

HimiTsü

Con lo ricamente que me movía yo por ahí y lo que me gustaba ir B&Bs. Bueno, al menos ahora Boltaña, Astún, Candanchú Fuente de, Bulnes , etc tendrán una poblacion estable y próspera

kumo

Si hay escasez de viviendas es algo que debe solucionar el gobierno de turno, no corresponde al ciudadano paliarlo a conveniencia de otros. Pero en vez de tener bloques de alquiler social regulado, pues que el marrón pase al individuo de la calle.

Y de paso en los hoteles todos contentos.

amouseonmars

#1 #3 ¿y si hablamos de un lugar con el espacio limitado, como en una isla?
No todo es construir ad infinitum.

T

#5 que construyan en altura. Ya está inventado.

Yonny

El TJUE no puede respaldar nada, se limita a decir si una ley o norma viola las leyes europeas, y en este caso no las viola. Nada más.

T

Si hace falta vivienda, que las autoridades construyan vivienda asequible. Qué va a ser lo próximo, intervenir el precio de la comida ?

Urasandi

#3 Hace poco alguien proponía que los bancos paguen sus deudas con pisos.