El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldó este martes limitar el alquiler no residencial cuando exista escasez de viviendas, ya que "constituye una razón imperiosa de interés general". En su sentencia, el TJUE considera "conforme con el Derecho de la Unión una normativa nacional que somete a autorización el arrendamiento, de forma reiterada, durante breves períodos de tiempo, de un inmueble amueblado destinado a uso de vivienda a clientes de paso que no fijan en él su domicilio".
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