Centrándonos en las ceremonias católicas, es cierto que muchos Obispos de forma prudente han optado porque éstas se celebren a puerta cerrada y en la medida de lo posible se retransmiten por televisión o Internet. Pero, jurídicamente, parece claro que la celebración de las mismas no está prohibida, si bien de celebrarse tendrán que respetarse algunas condiciones para prevenir el riesgo de contagio. A lo que habría que hacer dos puntualizaciones adicionales. La primera trae causa de la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo,...
Comentarios
¿Y los incultos, que semos mayoría?
Vaya, pues parece que sí, la policía se ha pasado tres pueblos, violando el decreto de alarma y sus condiciones, vaciando iglesias.
A alguno puede que le caiga una bonita querella cuando la cosa se normalice un poco.