Hace 6 años | Por --573754-- a europapress.es
Publicado hace 6 años por --573754-- a europapress.es

La Abogacía de la Comunidad Autónoma de Baleares ha presentado este viernes ante Fiscalía una denuncia por crímenes contra la humanidad por 52 asesinatos cometidos en Mallorca entre 1936 y 1937, durante la Guerra Civil. La denuncia deriva de las exhumaciones realizadas en las fosas de Sant Joan en 2014 -en la que tres vecinos de Maria de la Salut fueron identificados como las víctimas- y de Porreres en 2016 -en la que se exhumaron 49 cuerpos con evidencias de muerte violenta por armas de fuego-.

Comentarios

Baal

Maldit2Jaume I el Conquistador.... Cometiendo crímenes de lesa humanidad ontra los Almohades...

D

La abogacia deberia leerse la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad http://www2.ohchr.org/spanish/law/crimenes_guerra.htm

Adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII), de 26 de noviembre de 1968

Entrada en vigor: 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII
Artículo VIII
1. La presente Convención entrará en vigor el nonagésimo día siguiente a la fecha en que haya sido depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el décimo instrumento de ratificación o de adhesión.

2. Para cada Estado que ratifique la presente Convención o se adhiera a ella después de haber sido depositado el décimo instrumento de ratificación o de adhesión, la Convención entrará an vigor el nonagésimo día siguiente a la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento de ratificación o de adhesión.

Artículo IX
1. Una vez transcurrido un período de diez años contado a partir de la fecha en que entre en vigor la presente Convención, todo Estado Parte podrá solicitar en cualquier momento la revisión de la presente Convención mediante notificación por escrito dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas.

2. La Asamblea General de las Naciones Unidas decidirá sobre las medidas que deban tomarse, en su caso, respecto a tal solicitud.

Artículo X
b) La fecha en que la presente Convención entre en vigor conforme a lo dispuesto en el artículo VIII;

Artículo IV
Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen a adoptar, con arreglo a sus respectivos procedimientos constitucionales, las medidas legislativas o de otra índole que fueran necesarias para que la prescripción de la acción penal o de la pena, establecida por ley o de otro modo, no se aplique a los crímenes mencionados en los artículos I y II de la presente Convención y, en caso de que exista, sea abolida.

#2 Tambien estan prescritos, ya que son anteriores al 11 de noviembre de 1970,

Baal

#3 mardita sea que me dices... Que los crímenes de lesa humanidad de la guarra civil estan tan prescritos como los del medievo? O mardita onu fascisssta.....

D

#3 El enlace que pones da error. Aún así, tú también deberías leer lo que citas, ya que dice lo siguiente:

Artículo I

Los crímenes siguientes son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido.


No hay mucho más que discutir acerca de una convención que trata, precisamente, de la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra.

Aquí hay un enlace que funciona: https://www.icrc.org/spa/resources/documents/misc/treaty-1968-war-crimes-conv-5tdm6m.htm

D

#5 El enlace corregido de la ONU https://web.archive.org/web/20130612030349/http://www2.ohchr.org/spanish/law/crimenes_guerra.htm

Ese texto entra en vigor el 11 de noviembre de 1970, a partir de entonces son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido. (y solo los que cumplan las dos definicion siguientes)

por eso la finalidad del Artículo IV que tambien puse:
Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen a adoptar, con arreglo a sus respectivos procedimientos constitucionales, las medidas legislativas o de otra índole que fueran necesarias para que la prescripción de la acción penal o de la pena, establecida por ley o de otro modo, no se aplique a los crímenes mencionados en los artículos I y II de la presente Convención y, en caso de que exista, sea abolida.

D

#6 Vale, veo que tú eres seguidor de la "Doctrina Dastis":

El ministro de Exteriores, Alfonso Dastis, argumentó hoy que la convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad de la ONU plantea "serias dudas de constitucionalidad" por ser retroactivo y aporta poco a la justicia universal que castiga estos delitos.

http://www.lavanguardia.com/politica/20180206/44592458891/dastis-la-imprescriptibilidad-de-crimenes-de-guerra-no-puede-ser-retroactiva.html

Pues nada, lo que Dastis y tú digáis. Por algo será que el PP se niega a suscribir esa convención.

D

#7 Si te fijas en todos los Procesos judiciales realizados son de actos posteriores a 1970
http://www.derechoshumanos.net/lesahumanidad/procesos-violaciones-derechos-humanos.htm

D

Estos son muertos malos, por lo tanto no son ni asesinatos, ni represión, ni genocidio, ni.....