El pasado 19 de octubre el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sentenció que los abogados podrán deducirse el gasto de la compra de trajes (incluso hechos a medida) y de corbatas, puesto que la naturaleza de su profesión hace que tales prendas sean casi obligatorias. Tengo unos cuantos amigos que son abogados y estoy convencido, aunque pueda equivocarme, de que ninguno de ellos se compra trajes hechos a medida, del mismo modo que puedo imaginarme qué abogados sí tendrán por costumbre de hacerlo.
|
etiquetas: impuestos , tsjc , tsjm , declaración , renta