Hace 3 años | Por Quinqui a ignasibeltran.com
Publicado hace 3 años por Quinqui a ignasibeltran.com

En síntesis, recuerden, el caso se refiere a una trabajadora interina por vacante de la Comunidad de Madrid que ha formalizado un contrato de interinidad desde 2003 a 2016 (y que ha sido prorrogado en 2008) y cuya relación laboral finaliza por la cobertura reglamentaria de la plaza. El objeto de esta entrada es sintetizar el contenido de esta importante resolución y aportar algunas reflexiones críticas a la misma