Hace 3 años | Por --672644-- a diario16.com
Publicado hace 3 años por --672644-- a diario16.com

El pasado 3 de marzo de 2020 el máximo Tribunal Europeo determinó que el IRPH debía estar sujeto al control de transparencia. Sin embargo, el Tribunal Supremo español dictaminó que el índice se había comercializado sin transparencia pero que ello implicara que la cláusula fuese abusiva, lo que impedía su anulación, algo que diferentes audiencias provinciales no han tomado como doctrina y siguen anulando el IRPH. Las sentencias del Supremo fueron un nuevo ejemplo de «trabajo fino» en favor de la banca.

Comentarios

ochoceros

#3 Estando el PSOE, se hará lo que diga Botín.

JungSpinoza

Creia que eso ya estaba claro

ElPerroDeLosCinco

Enternece ver que todavía haya quien alberga esta duda.

mikelx

#6 Bueno, siempre está bien obligar a los representantes a dar la cara y ver como justifican sus posturas. Quizá haga que alguien se le caiga la venda.
Por cierto, a los obreros de derechas muy españoles que tengan una hipoteca con el IRPH (ellos o sus padres) es precisamente EH-Bildu entre todos los partidos quien los está defendiendo.

D

¿Qué pasará?
Qué nervios...

Verdaderofalso

#1 hagan sus apuestas...

M

¿IRPH? ¿Impuesto sobre la Renta de las Personas Humanas?

mikelx

#4 Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

m

¡Para la banca!.