Suprimen la pensión de alimentos porque "el progenitor no está obligado a sufragar la indolencia". Tres recientes sentencias de las Audiencias Provinciales de Pontevedra y Girona han coincidido en acordar la extinción de la pensión de alimentos que los padres divorciados tenían la obligación de prestar a sus hijos mayores de edad, quienes a lo largo de los años no han mostrado interés alguno ni en estudiar ni en trabajar y se han convertido "en una carga para sus padres sin esfuerzo alguno por su parte", en palabras de los jueces.
Comentarios
Pues me parece muy bien.
y a los no divorciados no? por qué?
#1 porque los divorciados al menos han hecho por terminar su condena. Los no divorciados no tiene intención y ya sabes que sarna con gusto no pica
Imagino que el mismo juez si los padres deciden echarle de casa o no ponerles un plato y el niño menor de 26 años denuncia, dirá lo mismo