El Juzgado de lo Social número 3 de Palma ha declarado nulo el despido de un trabajador de una empresa de seguridad privada después de que reivindicase fijar una pausa para comer en la empresa, en la que la jornada laboral era de 8.00 a 20.00 horas en temporada alta. Además, el Juzgado condena a la empresa a indemnizar con 6.000 euros al empleado por vulneración de derechos fundamentales.
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