Hace 3 años | Por --625066-- a eldiario.es
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Los magistrados consideran que este contrato regulado en el convenio colectivo de la construcción en España no previene de fraude en la temporalidad al permitir renovar contratos indefinidamente en sucesivas obras, "un riesgo real de provocar una utilización abusiva de este tipo de contratos".

Comentarios

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. "La situación del litigio principal ilustra a la perfección esta apreciación, pues el demandante ha suscrito seis contratos 'fijos de obra' sucesivos con Obras y Servicios Públicos por una duración total que excede de 25 años".

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