Hace 7 años | Por Verbenero a blogs.publico.es
Publicado hace 7 años por Verbenero a blogs.publico.es

(...)en España la legislación no contempla aplicar la eximente completa de legítima defensa para este tipo de casos. Tres requisitos establece el artículo 20.4 del Código Penal: agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y falta de provocación suficiente por parte del defensor. En resumen, si un hombre propina palizas a diario a su pareja y ella decide hacer frente a las agresiones con una pistola o un cuchillo estaría usando un medio desproporcionado y el homicidio no encajaría en la legítima defensa.

Comentarios

A

#3 Es que a veces ni defenderte puedes sin ir a la cárcel, como le pasó al hombre este al que su mujer disfrazada le metió una bala en la espalda, él consiguió quitarle el arma y dispararle a ella sin saber que era su mujer la que le había disparado. Creo que entró el otro día en la cárcel:

Solicita el indulto tras ser acusado falsamente de maltrato y de ser víctima de un asesinato frustrado

Hace 7 años | Por coroli a confilegal.com

D

Lo que tienen que hacer las mujeres es irse antes de que la situación se ponga complicada en lugar de aguantar día tras día. Salvo casos extremos siempre es posible encontrar una escapatoria.

JohnBoy

#6 No creo que tengan que irse, lo suyo es que denuncien.

tiopio

"Hoy la Dulce Neus habría sido juzgada de otro modo"

http://cadenaser.com/programa/2015/04/08/hoy_por_hoy/1428487498_834247.html

Un marido tirano, seis hijos esclavizados, una madre conspiradora, un complot y una coartada extraña. Son algunos de los elementos del caso de la Dulce Neus, condenada a 28 años de cárcel por "parricidio con alevosía y premeditación". Neus Soldevila fue acusada [y condenada] de inducir a sus hijos a matar al cabeza de familia. Fue una de las hijas, Marisol, 14 años, la que disparó a su padre, mientras dormía, ese verano de 1981, en su finca de Huesca.
Luego se fugó.

D

Edito que la noticia ya esta cerrada

w

C&P "Lo habitual es que en casos evidentes en los que las mujeres han tratado de protegerse a sí mismas o a sus hijos se haya intentado buscar atenuantes y eximentes no en la legítima defensa sino en trastornos psiquiátricos, lo que dibuja a las maltratadas como meras chifladas que han actuado por tener perturbadas sus facultades mentales.

La misma respuesta que el síndrome de la mujer maltratada ha recibido en EEUU, donde el Tribunal Supremo determinó que no se puede exigir para la legítima defensa que ésta se produzca en medio de la contienda,
"

Esto es incorrecto, una cosa es que se admita la defensa de "battered Woman defense" y otra cosa es que esta "defensa" adquiera rango de ley...este "sindrome" es una defensa legal, no medica.

https://en.m.wikipedia.org/wiki/Battered_person_syndrome

Este es un "sindrome" mas o menos reconocido medicamente como

http://www.icd9data.com/2015/Volume1/800-999/990-995/995/995.81.htm

Pero, no es algo que se aplique de forma generalizada, se juzga caso por caso y parece que esta en entredicho como defensa legal

https://en.m.wikipedia.org/wiki/Violence_Against_Women_Act

En dicha ¿Acta? No la encuentro catalogada

http://corporate.findlaw.com/litigation-disputes/the-battered-woman-s-defense-its-history-and-future.html

Y en este chorrazo de este año, tampoco veo que sea así

Saludos

D

Claro que si, deberían hacer como con el rey de españa, que puede matar y no pasa nada y así las mujeres estarán seguras frente al terrorismo de los monos que tienen cojones en lugar de ovarios.