#12:
#3 Sólo te exime si trabajas en estos supuestos, no de forma general:
- Estarán exentos quienes durante el día de la votación deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales.
- Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.
- Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
- Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación, que estén previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido y la no participación del mismo obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios económicos relevantes.
#4 "El portero se desplazará en coche para recorrer los 56 kilómetros que separan Bilbao de la localidad guipuzcoana. Si todo transcurre como está previsto, a las 9:00 de la mañana, una vez constituida la mesa, podrá volver a tiempo al hotel de concentración del equipo para desplazarse a las 12:00 horas al estadio de San Mamés"
Está a 1 hora del campo donde va a jugar.
#3 Sólo te exime si trabajas en estos supuestos, no de forma general:
- Estarán exentos quienes durante el día de la votación deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales.
- Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.
- Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
- Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación, que estén previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido y la no participación del mismo obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios económicos relevantes.
Bueno, pues está exento, tal y como comenta #12 en el punto 2: por "servicios esenciales de la comunidad de vital importancia". No lo vas a comparar a un puto médico, o un currante de un bar,...donde va a parar...
Comentarios
Pero que se creerán esto futboleros, acaso piensan que correr detrás de una pelota en calzones les da más derechos que los demás?
#1 Pues eso parece. Aún recuerdo la cara que se le quedó a aquel pobre hombre que fue a votar y lo cogieron para la mesa, y no pudo trabajar ese día en su bar: https://www.diariosur.es/elecciones/andaluzas/vocal-suplente-sale-20181202121307-nt.html
#3 Díselo al de #2
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Va a ser que no.
No sé libra. Es suplente y tendrá que ir. Si se forma la mesa con la titular se vuelve y santas pascuas.
#4 "El portero se desplazará en coche para recorrer los 56 kilómetros que separan Bilbao de la localidad guipuzcoana. Si todo transcurre como está previsto, a las 9:00 de la mañana, una vez constituida la mesa, podrá volver a tiempo al hotel de concentración del equipo para desplazarse a las 12:00 horas al estadio de San Mamés"
Está a 1 hora del campo donde va a jugar.
Buambulantzia.
Partido de fúbol a las 14:00 un domingo.
Tarde para ir sin comer, pronto para ir comido.
¿Quién les ha dado el teléfono de la presidenta titular?
Trabajar ese día te exime de la mesa electoral.
#3 Falso.
#8 Pues en mi caso si, trabajo de bombero.
#12 Go to #11, por lo que dices será.
#3 Sólo te exime si trabajas en estos supuestos, no de forma general:
- Estarán exentos quienes durante el día de la votación deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales.
- Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.
- Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
- Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación, que estén previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido y la no participación del mismo obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios económicos relevantes.
Bueno, pues está exento, tal y como comenta #12 en el punto 2: por "servicios esenciales de la comunidad de vital importancia". No lo vas a comparar a un puto médico, o un currante de un bar,...donde va a parar...
La ley ya prevee estos casos ...
► Participación en acontecimientos públicos previstos con anterioridad a la convocatoria electoral cuando el interesado no pueda ser sustituido.
#5 Ya han dicho que sí puede ser sustituido, que el partido se puede jugar con o sin él.