Magistrados consideran «difícil» que prosperen los recursos que los condenados del procés anuncian ante el Tribunal Constitucional -última instancia judicial en España- o ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por supuesta vulneración de derechos fundamentales
#3:
Una palmadita en la espalda y, hasta luego. En el resto de España y en toda Europa ya conocen el victimismo constante de los independentistas desde hace mucho, mucho tiempo. A cumplir las sentencias judiciales y a acatar la Ley.
Una palmadita en la espalda y, hasta luego. En el resto de España y en toda Europa ya conocen el victimismo constante de los independentistas desde hace mucho, mucho tiempo. A cumplir las sentencias judiciales y a acatar la Ley.
#3En menéame desde octubre de 2019...otro producto del informático de Cuenca de COX.
Ya veremos: en Europa los gobiernos puede que si porque es un aviso para sus respectivos movimietos secesionistas....pero la justicia de Alemania, Bélgica, etc han demostrado en múltiples ocasiones que son independientes....no como en España. ¿Te has olvidado de como el tribunal cambio el asunto de los bancos tras una sentencia en firme hace unos meses?....EL MAYOR ESCÁNDALO DEL SUPREMO EN SU HISTORIA ...es el mismo tribunal y el mismo presidente que saca esta condena: no dimitieron en masa y mientras esto sea así para mi sus decisiones son cuestionables, y por esa regla de tres, estos catalanes SON PRESOS POLÍTICOS.
Parece mentira que no sepas en que país de mierda vives....señor bot de COX
De momento, el TEDH ha dicho lo siguiente respecto al requerimiento que puso Forcadell y cía por la suspensión del pleno del Parlament:
38. Por consiguiente, la injerencia en el derecho de los demandantes a la libertad de reunión puede considerarse razonablemente, incluso dentro del estrecho margen de apreciación de que disponen los Estados, como correspondiente a una "necesidad social apremiante". En consecuencia, la suspensión del pleno era "necesaria en una sociedad democrática", en particular para el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás, en el sentido del apartado 2 del artículo 11 del Convenio (véanse, mutatis mutandis, Herri Batasuna y Batasuna, antes citados, apartados 91 y 94).
Con la excusa de la "rebelión", esas personas no fueron juzgadas en el tribunal que les tocaba, sino en el Supremo. Eso viola el Artículo 24.2 de la consititución, pero no veremos a ningún autoproclamado "constitucionalista" berrear por semejante ilegalidad. O por el uso de pruebas de última hora que no fueron trasladadas a las defensas y otras tantas irregularidades de este Tribunal de los Tumultos. En Bélgica saben en qué consiste la legalidad española desde hace siglos: palos y zanahorias.
#4 No se trata de tragar o no. En España existe legislación que castiga la sedición, en otros países también y en otro no. Lo único que tratarán los tribunales internacionales es si el juicio se ha realizado con todas las garantías legales y procesales para el reo.
Comentarios
Una palmadita en la espalda y, hasta luego. En el resto de España y en toda Europa ya conocen el victimismo constante de los independentistas desde hace mucho, mucho tiempo. A cumplir las sentencias judiciales y a acatar la Ley.
#3 En menéame desde octubre de 2019...otro producto del informático de Cuenca de COX.
Ya veremos: en Europa los gobiernos puede que si porque es un aviso para sus respectivos movimietos secesionistas....pero la justicia de Alemania, Bélgica, etc han demostrado en múltiples ocasiones que son independientes....no como en España. ¿Te has olvidado de como el tribunal cambio el asunto de los bancos tras una sentencia en firme hace unos meses?....EL MAYOR ESCÁNDALO DEL SUPREMO EN SU HISTORIA ...es el mismo tribunal y el mismo presidente que saca esta condena: no dimitieron en masa y mientras esto sea así para mi sus decisiones son cuestionables, y por esa regla de tres, estos catalanes SON PRESOS POLÍTICOS.
Parece mentira que no sepas en que país de mierda vives....señor bot de COX
Tres. Uno del TSJM, otro de la Asociación Profesional de la Magistratura y el tercero de la Francisco de Vitoria.
De momento, el TEDH ha dicho lo siguiente respecto al requerimiento que puso Forcadell y cía por la suspensión del pleno del Parlament:
38. Por consiguiente, la injerencia en el derecho de los demandantes a la libertad de reunión puede considerarse razonablemente, incluso dentro del estrecho margen de apreciación de que disponen los Estados, como correspondiente a una "necesidad social apremiante". En consecuencia, la suspensión del pleno era "necesaria en una sociedad democrática", en particular para el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás, en el sentido del apartado 2 del artículo 11 del Convenio (véanse, mutatis mutandis, Herri Batasuna y Batasuna, antes citados, apartados 91 y 94).
"...porque vamos a ponerles todas las zancadillas posibles" agregaron luego
Con la excusa de la "rebelión", esas personas no fueron juzgadas en el tribunal que les tocaba, sino en el Supremo. Eso viola el Artículo 24.2 de la consititución, pero no veremos a ningún autoproclamado "constitucionalista" berrear por semejante ilegalidad. O por el uso de pruebas de última hora que no fueron trasladadas a las defensas y otras tantas irregularidades de este Tribunal de los Tumultos. En Bélgica saben en qué consiste la legalidad española desde hace siglos: palos y zanahorias.
Cuando te pegan, si te quejas, te llaman victimista y asunto arreglado.
#5 No tendrá nada que ver el concepto de sedición Europeo.
Magistrados como genérico abarca muchas ideologías. Y tragar con lo de sedición no lo veo tan fácil en Europa .
#4 No se trata de tragar o no. En España existe legislación que castiga la sedición, en otros países también y en otro no. Lo único que tratarán los tribunales internacionales es si el juicio se ha realizado con todas las garantías legales y procesales para el reo.