El Tribunal Constitucional deniega el amparo a una militante socialista que fue sancionada por emitir duras críticas a su partido a través de un medio de comunicación...
Pero es que por lo visto, el TC argumenta que el mandato imperativo es papel mojado debido al transfuguismo, entre otras razones. No es nada convincente, ellos opinan que el pueblo elige a sus representantes en base al programa del partido, por lo que es un engaño a los votantes cuando un político se cambia de acera. Y como la CE habla también sobre los políticos organizados en partidos, se saca de la manga que esa organización está por encima del mandato imperativo, algo que la CE prohíbe expresamente sin dar lugar a semejantes interpretaciones del TC, obviamente inconstitucionales.
La paradoja de todo esto es el caso del senador Morano, que defendió el programa del PP en León, donde prometían defender la minería, y votó en consecuencia en contra del presupuesto de industria en el senado, y solicitó ampliar las partidas mineras que el pp decidió recortar, en contra de la disciplina de voto. Lo que le valió primero la sanción, luego suspensión de militancia y cuando el senador pasó al grupo mixto, el partido "le ha solicitado la devolución del acta de senador. En el mismo sentido se ha manifestado la dirección nacional del partido, que considera que «por coherencia» tiene que devolver el acta «al haberce presentado bajo las siglas del PP y haberse comprometido» a defender sus planteamientos.".
A ver que opina el TC sobre este caso, devolver el escaño por no cumplir el mandato imperativo que te hacer el partido para que incumplas las promesas electorales a los electores. Además en el senado, cámara territorial donde resulta que el senador por León no es libre de votar a favor de los intereses de su provincia. Y por otro lado el senado es una cámara donde se votan las personas y no a los partidos.
Qué alejado de la realidad política en España está nuestro TC cuando dijo:
"En resumidos términos, la clara opción del constituyente por prohibir el mandato imperativo, con todo lo que de positivo tiene, requiere hoy en día una reconstrucción teórica que sirva para integrar en la relación representativa aquellas realidades que operan indudablemente en la misma y cuyo olvido o abstracción comportan el serio peligro de alejar a los ciudadanos y, en
#4:
En el periódico, la militante escribió: "Los estados de excepción nacen del miedo, y aquí se huele el pavor. Se mata la libertad"
Y el tribunal dice que: La especial naturaleza que la Constitución atribuye a los partidos políticos se deriva que el ejercicio de los derechos fundamentales por los afiliados (como por ejemplo, la libertad de expresión) debe quedar sujeto a límites específicos.
Y tenemos que los partidos están por encima de los derechos fundamentales de las personas. Sí que se huele el pavor.
Pero es que por lo visto, el TC argumenta que el mandato imperativo es papel mojado debido al transfuguismo, entre otras razones. No es nada convincente, ellos opinan que el pueblo elige a sus representantes en base al programa del partido, por lo que es un engaño a los votantes cuando un político se cambia de acera. Y como la CE habla también sobre los políticos organizados en partidos, se saca de la manga que esa organización está por encima del mandato imperativo, algo que la CE prohíbe expresamente sin dar lugar a semejantes interpretaciones del TC, obviamente inconstitucionales.
La paradoja de todo esto es el caso del senador Morano, que defendió el programa del PP en León, donde prometían defender la minería, y votó en consecuencia en contra del presupuesto de industria en el senado, y solicitó ampliar las partidas mineras que el pp decidió recortar, en contra de la disciplina de voto. Lo que le valió primero la sanción, luego suspensión de militancia y cuando el senador pasó al grupo mixto, el partido "le ha solicitado la devolución del acta de senador. En el mismo sentido se ha manifestado la dirección nacional del partido, que considera que «por coherencia» tiene que devolver el acta «al haberce presentado bajo las siglas del PP y haberse comprometido» a defender sus planteamientos.".
A ver que opina el TC sobre este caso, devolver el escaño por no cumplir el mandato imperativo que te hacer el partido para que incumplas las promesas electorales a los electores. Además en el senado, cámara territorial donde resulta que el senador por León no es libre de votar a favor de los intereses de su provincia. Y por otro lado el senado es una cámara donde se votan las personas y no a los partidos.
Qué alejado de la realidad política en España está nuestro TC cuando dijo:
"En resumidos términos, la clara opción del constituyente por prohibir el mandato imperativo, con todo lo que de positivo tiene, requiere hoy en día una reconstrucción teórica que sirva para integrar en la relación representativa aquellas realidades que operan indudablemente en la misma y cuyo olvido o abstracción comportan el serio peligro de alejar a los ciudadanos y, en
#1 Entonces no quedaría títere con cabeza, individualmente y según el caso, es discutible, pero criticar a una formación ( y encima propia y a la que perteneces) tiene todos los aires de autoritarismo....
Vamos, que aplicando eso, se acaban los "debates" en la tele
En efecto, de eso se olvidan #2, pero bueno, el transfuguismo es una cosa, esto es otra...
En el periódico, la militante escribió: "Los estados de excepción nacen del miedo, y aquí se huele el pavor. Se mata la libertad"
Y el tribunal dice que: La especial naturaleza que la Constitución atribuye a los partidos políticos se deriva que el ejercicio de los derechos fundamentales por los afiliados (como por ejemplo, la libertad de expresión) debe quedar sujeto a límites específicos.
Y tenemos que los partidos están por encima de los derechos fundamentales de las personas. Sí que se huele el pavor.
Pues yo diría más bien que: Los militantes de partidos no pueden insultar abiertamente a su formación.
están admitidas aquellas expresiones que resulten molestas o incluso que inquieten o disgusten a su destinatario; lo que la Constitución no reconoce en ningún caso es el derecho al insulto.
La especial naturaleza que la Constitución atribuye a los partidos políticos se deriva que el ejercicio de los derechos fundamentales por los afiliados (como por ejemplo, la libertad de expresión) debe quedar sujeto a límites específicos
#1 ¿ Desde cuando un partido político tiene derecho al honor ? Estoy flipando
Bajo este precendete yo tampoco puedo decir supongo que el PP son ladrones, el PSOE son vendidos, Podemos perroflautas, Ciudadanos cuñaos y del UPyD nada porque son totalmente irrelevantes.
Hubo un tiempo en el que en este país había libertad de expresión, será una bonita historia que contarle a mis nietos
#1 ¿Qué insulto ves tu en lo que escribió: "los estados de excepción nacen del miedo, y aquí se huele el pavor. Se mata la libertad, se amenaza con expedientes y se hace flaco favor a la candidata impuesta por la FSA "?
De un tribunal politizado solo espero decisiones políticas.
#6 Juraría que antes no estaba la cita, porque la busqué de arriba a abajo, debieron actualizar la noticia. Lo del TC es una mordaza en toda regla, sin duda alguna.
Comentarios
El tribunal constitucional hace mucho se limpia el culo con el artículo 67.2, que prohibe el mandato imperativo en los diputados.
Os dejo un comentario de un meneante que lo expuso muy bien:@juancarloschou que-se-vayan-todos-8/c016#c-16
Que se vayan todos
europapress.esPero es que por lo visto, el TC argumenta que el mandato imperativo es papel mojado debido al transfuguismo, entre otras razones. No es nada convincente, ellos opinan que el pueblo elige a sus representantes en base al programa del partido, por lo que es un engaño a los votantes cuando un político se cambia de acera. Y como la CE habla también sobre los políticos organizados en partidos, se saca de la manga que esa organización está por encima del mandato imperativo, algo que la CE prohíbe expresamente sin dar lugar a semejantes interpretaciones del TC, obviamente inconstitucionales.
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=6
La paradoja de todo esto es el caso del senador Morano, que defendió el programa del PP en León, donde prometían defender la minería, y votó en consecuencia en contra del presupuesto de industria en el senado, y solicitó ampliar las partidas mineras que el pp decidió recortar, en contra de la disciplina de voto. Lo que le valió primero la sanción, luego suspensión de militancia y cuando el senador pasó al grupo mixto, el partido "le ha solicitado la devolución del acta de senador. En el mismo sentido se ha manifestado la dirección nacional del partido, que considera que «por coherencia» tiene que devolver el acta «al haberce presentado bajo las siglas del PP y haberse comprometido» a defender sus planteamientos.".
A ver que opina el TC sobre este caso, devolver el escaño por no cumplir el mandato imperativo que te hacer el partido para que incumplas las promesas electorales a los electores. Además en el senado, cámara territorial donde resulta que el senador por León no es libre de votar a favor de los intereses de su provincia. Y por otro lado el senado es una cámara donde se votan las personas y no a los partidos.
http://www.diariodeleon.es/noticias/afondo/morano-ha-formalizado-ya-paso-grup
Qué alejado de la realidad política en España está nuestro TC cuando dijo:
"En resumidos términos, la clara opción del constituyente por prohibir el mandato imperativo, con todo lo que de positivo tiene, requiere hoy en día una reconstrucción teórica que sirva para integrar en la relación representativa aquellas realidades que operan indudablemente en la misma y cuyo olvido o abstracción comportan el serio peligro de alejar a los ciudadanos y, en
#1 Entonces no quedaría títere con cabeza, individualmente y según el caso, es discutible, pero criticar a una formación ( y encima propia y a la que perteneces) tiene todos los aires de autoritarismo....
Vamos, que aplicando eso, se acaban los "debates" en la tele
En efecto, de eso se olvidan #2, pero bueno, el transfuguismo es una cosa, esto es otra...
#3 Ambas van de que la "cúpula" tenga cogidos por los huevos al resto de la pirámide.
En el periódico, la militante escribió: "Los estados de excepción nacen del miedo, y aquí se huele el pavor. Se mata la libertad"
Y el tribunal dice que: La especial naturaleza que la Constitución atribuye a los partidos políticos se deriva que el ejercicio de los derechos fundamentales por los afiliados (como por ejemplo, la libertad de expresión) debe quedar sujeto a límites específicos.
Y tenemos que los partidos están por encima de los derechos fundamentales de las personas. Sí que se huele el pavor.
Pues yo diría más bien que: Los militantes de partidos no pueden insultar abiertamente a su formación.
están admitidas aquellas expresiones que resulten molestas o incluso que inquieten o disgusten a su destinatario; lo que la Constitución no reconoce en ningún caso es el derecho al insulto.
La especial naturaleza que la Constitución atribuye a los partidos políticos se deriva que el ejercicio de los derechos fundamentales por los afiliados (como por ejemplo, la libertad de expresión) debe quedar sujeto a límites específicos
#1 ¿ Desde cuando un partido político tiene derecho al honor ? Estoy flipando
Bajo este precendete yo tampoco puedo decir supongo que el PP son ladrones, el PSOE son vendidos, Podemos perroflautas, Ciudadanos cuñaos y del UPyD nada porque son totalmente irrelevantes.
Hubo un tiempo en el que en este país había libertad de expresión, será una bonita historia que contarle a mis nietos
#1 ¿Qué insulto ves tu en lo que escribió: "los estados de excepción nacen del miedo, y aquí se huele el pavor. Se mata la libertad, se amenaza con expedientes y se hace flaco favor a la candidata impuesta por la FSA "?
De un tribunal politizado solo espero decisiones políticas.
#6 Juraría que antes no estaba la cita, porque la busqué de arriba a abajo, debieron actualizar la noticia. Lo del TC es una mordaza en toda regla, sin duda alguna.
Qué mal están la justicia y la libertad de expresión en Venezuela...y en todos esos Estados fallidos de latinoamérica y África, es una vergüenza.
¿Lo has oído Íñigo?
Lamentable...
Les limitan el acceso a la libertad de expresión y les obligan a traicionar a Pedro Sánchez.
Si que es duro militar en política...
Partidocracia pura!!
También: La justicia no puede dar amparo a la militante de un partido que fue sancionada por incumplir sus deberes estatutarios.