Hace 2 años | Por Ratoncolorao a elplural.com
Publicado hace 2 años por Ratoncolorao a elplural.com

Con independencia de las posibles consecuencias civiles —intromisión ilegítima en el derecho al honor— y penales —injurias y calumnias— que puede tener proferir públicamente insultos contra alguien o acusarlo de haber cometido un delito con temerario desprecio a la verdad y a sabiendas de su falsedad, la mera difusión del vídeo en cuestión podría derivar en otras responsabilidades, tanto en el ámbito administrativo como judicial.

Comentarios

Alakrán_

Hasta aquí pensaba que el artículo era sobre el ex de María Sevilla, pero viendo al meneante ya extrañaba.
intromisión ilegítima en el derecho al honor— y penales —injurias y calumnias— que puede tener proferir públicamente insultos contra alguien o acusarlo de haber cometido un delito con temerario desprecio a la verdad y a sabiendas de su falsedad

D

Sacar algo de guita.

D

Salvo si eres político

Nova6K0

Simplemente y ya solo por esto; porque tú no tienes la licencia especial que quienes se registran en una red social, otorgan a dicha red social. Por eso esa tontería de que por que algo que esté a la vista de todos, se pueda hacer lo que quieras con ese contenido. Además si son menores de edad, es mucho peor, por los derechos superiores de lxs menores.

Saludos.