Tenemos cárceles para inmigrantes que no han cometido ningún delito, los llamados CIEs; tenemos redadas policiales de carácter racista en los barrios populares; tenemos juicios abiertos por asesinatos como el del Tarajal donde se disparó a inmigrantes para que no llegaran a tierra; tenemos discursos desde los gobiernos para asociar inmigración con delincuencia y terrorismo; tenemos pactos con países tan democráticos como Turquía y Marruecos para que detengan a los inmigrantes a cambio de una buena suma de dinero (3.000 millones a Turquia)...
Comentarios
Entro a ver quien ha escrito tales gilipolleces, veo que es Alberto Garzon y me doy cuenta de que todo sigue en su sitio. Aunque me ha faltado algun heteropatriarcado por ahi.
#4 Lo bueno de comentarios como el tuyo es que sirven para identificar a los comunity managers de IU en meneame.
Solo hay que ver quien te vota negativo.
#12 Son prisiones en diferido en concepto de simulación. Hay que hablar con propiedad hombre.
#12 #17 No veo en ningún sitio que digan que llevan años, si no pueden deportarlos, a los dos meses, los dejan libres.
#19 Sea lo que sea, no son prisiones. Lamentablemente en algún lado habrá que alojarlos mientras se tramitan las deportaciones. Después del viaje y los sufrimientos que han pasado no puedes esperar que se presenten a ser deportados libremente.
#21 Comparto este astío por tener a esta pobre gente en "no prisiones". La terminología es, al final, lo de menos y efectivamente lo podemos llamar como queramos, que al final le están privando de sus derechos.
Pero, en este caso, ¿qué otra opción hay? Mantenerlos en centros donde se les de la mejor atención posible mientras se les prepara una deportación, todo además a cuenta de nuestro dinero, me parece la salida más humana posible.
En general, se puede hablar de "cárceles"... igual que se puede hablar de "cárceles" los horfanatos. Con sus diferencias.
#22 Mira te lees este informe y luego hablamos.
http://www.icade.comillas.edu/images/Clinica_Juridica_ICADE/Informe_situacion_actual_CIE_junio_15.pdf
#23 He leido lo de las conclusiones, de forma rápida.
No puedo estar más de acuerdo, los centros deben ser, a todas luces, adecuados para los inmigrantes que tienen dentro y aumentar el gasto para que tengan la mejor estancia posible. Si no lo son, deben trabajar en ello de forma inmediata.
Pero el texto de la noticia, y muchos de los comentarios, hablan del centro en sí como un problema. El problema, seguramente (y muy buen trabajo de ayuda que hacen estas ong) es la poca calidad del centro, el personal poco especializado o la falta de recursos.
Y por eso Garzón falla el tiro, en mi opinión
Este sigue con sus mundos de Yupi.
Quita la valla de Ceuta o Melilla y veras lo que tenemos liado. Que si eres un pais del norte de Europa y te llegan unos cuantos inmigrantes ilegales, les haces sitio pero si te llegasen en cifras de 4 ceros, a ver como manejas eso.
Pero ¿por qué se hace esto? ¿cual es esta pulsión incontrolable por hacer el ridículo?
¿ Se puede votar esto como 'cuñadada' ?
Tenemos a nuestros Trumps, pero también a nuestros Hillarys que hacen que la gente vote a esos Trumps
P.D. La culpa es del heteropatriarcado
Javier Aroca tiene otro texto similar: http://www.eldiario.es/andalucia/desdeelsur/Trumping-post-democracia_6_606899315.html
Es lo que más me sorprende de Trump en España: la mayoría de los españoles no le quieren, pero no se dan cuenta de los Trumps que gobiernan aquí.
#15 Es una muestra más de lo que consiguen los fabricantes de opinión de los mass mierda: Trump malo, versión cañi de Trump buena porque cualquier alternativa Grecia Venezuela Iran Satanás.
#15 Yo no estaría tan seguro de eso, yo creo que si lo ven y les gusta
Esto nos va a servir para revisar lo que hacemos aquí. Que no somos santos.
Sin embargo, el riesgo es que al mirar a Trump como un loco estemos normalizando en nuestro territorio un estado de la situación que es prácticamente idéntico.
No puedo creer que diga esto, cuando este artículo está normalizando a Trump, que viene a decirnos que ya lo tenemos entre nosotros.
Hay que ser muy tonto, pero muy tonto
Todo falso, porque aunque tengamos presidentes que niegan el cambio climático y demás coincidencias, la verdad es que los nuestros no tienen ni la mitad de cojones y encima son muchísimo más ladrones, joder, aquí Trump sería hasta bueno, valdría eso de "por lo menos no roba (de momento)" en España siempre hay que añadir ese "de momento" o un "por ahora" que si bien no afecta en nada que alguien siga ganando elecciones, es bueno ponerlo para que no te coloreen la cara, esto es España.
#8 o un "que se pueda demostrar ante un juez", entre otras cosas porque los jueces tampoco se atreven, con Elpidio ya vieron lo que pasa si se les ocurre.
Albertitoooo, y nosotros ya tenemos nuestro Judas....Eres tu
Tenemos cárceles para inmigrantes que no han cometido ningún delito
Salvo entrar ilegalmente en el país
#3 Lo cual no es un delito: http://www.eldiario.es/desalambre/Claves-CIE_0_571143128.html
#6 Shhhhhhhh, no le digas eso que le vas a dar el carajillo hombre...
#9 Hombre, es que no son cárceles.
Los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) son edificios públicos no penitenciarios pero de gestión policial donde son encerradas personas que se encuentran en España de manera irregular. Allí pueden permanecer privados de libertad durante un máximo de 60 días, con el objetivo de materializar su expulsión a su país de origen. Si en ese tiempo no han sido devueltas, quedan en libertad.
Por lo tanto Garzón se equivoca.
#12 Claro, por eso algunos llevan años.
#12 Cuanto es justificable privar de libertad a una persona si no ha cometido delito alguno para empezar a llamarlo preso? Se cumple siempre lo de los 60 días? Solo eres preso si estás en un centro penitenciario? Guantanamo es un centro penitenciario? No se, no lo veo tan claro, es una cuestión de perspectiva, pero que efectivamente Garzón se equivoca, el mundo, no sólo España, está lleno de políticos mucho peores que Trump, solo que les faltan huevos así que dicen una cosa hacen la contraria y luego lo niegan, e incluso algunos encima roban!!!
A veces uno se plantea si no sería mejor que Garzón tuviese razón y fuesen como Trump.
#6 No será un delito pero es una ilegalidad. Existe un cauce legal para inmigrar y es perfectamente lógico que se retenga a quien no sigue ese cauce. Al decir "inmigrantes que no han cometido ningún delito" Garzón está metiendo en el mismo saco a los que han venido por el cauce legal, y eso es una falacia. En este país no se mete en un CIE a alguien que ha inmigrado legalmente.
#11 Entonces quedamos en que a la gente que se les mete en los CIEs no han cometido ningún delito.
#6
Ley de Extranjería
Infracciones graves[editar]
Son infracciones graves las siguientes:
La estancia irregular en España, bien por no haber obtenido la autorización, no haber solicitado la prórroga de la misma o haberse denegado ésta.
Estar trabajando en España sin la correspondiente autorización de residencia y trabajo.
Incurrir en ocultación dolosa o falsedad grave en el cumplimiento de la obligación de poner en conocimiento del Ministerio del Interior los cambios que afecten a nacionalidad, estado civil o domicilio.
El incumplimiento de las medidas impuestas por razón de seguridad pública de presentación periódica o de alejamiento de fronteras o núcleos de población determinados.
La participación por un extranjero en la realización de actividades contrarias al orden público previstas como graves en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
La comisión de una tercera infracción leve en el plazo de un año.
Las salidas del territorio español por puestos no habilitados, sin exhibir la documentación prevista o contraviniendo las prohibiciones legalmente impuestas.
No solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Las infracciones graves se sancionan con multa de 501 a 10.000 euros, sustituible por la expulsión del extranjero del territorio nacional para las cinco primeras infracciones listadas arriba.
Infracciones muy graves[editar]
Se sancionan con multa de 10.001 a 100.000 euros, sustituible para infractores extranjeros por la expulsión del territorio nacional. Son infracciones muy graves:
La realización de actividades contrarias a la seguridad exterior del Estado
La realización de conductas discriminatorias
El transporte irregular de extranjeros por transportistas, el incumplimiento de la obligación de éstos de comprobar la validez y vigencia de la documentación de los extranjeros, así como de hacerse cargo del extranjero no autorizado a entrar en España
La comisión de una tercera infracción grave en el plazo de un año
La contratación de trabajadores extranjeros que no tengan permiso de trabajo: en este caso se impone una multa por cada trabajador en situación irregular que se contratara. En los casos de autorizaciones limitadas a un sector de actividad determinado, cierta jurisprudencia entiende que no constituye infracción contratar al inmigrante para trabajar en un sector diferente.20
La inducción, promoción, favorecimiento o facilitación de la inmigración clandestina: en este caso, la multa será de 5.000 a 10.000 euros por cada viajero transportado o un mínimo de 750.000 euros a tanto alzado.
Expulsión de extranjeros[editar]
La Ley prevé las penas de multa, decomiso y clausura de locales y establecimientos. Además establece en determinados supuestos, como sanción sustitutiva de la multa, y sólo para el caso de extranjeros, la expulsión y prohibición de entrada en el territorio español por un plazo de tres a diez años. En estos casos, la expulsión puede acordarse para sanciones muy graves y para las graves que expresamente establece la ley. Como muchos de los extranjeros a los que se impone la multa están en situación irregular, el cobro de la misma es problemático: por ello, en la práctica se tiende a privilegiar la expulsión,21 aunque la jurisprudencia del Tribunal Supremo afirma que, en los casos de permanencia irregular en territorio español, debe imponerse preferentemente una multa si esta es la única infracción administrativa en que ha incurrido el extranjero.22
La expulsión también se prevé como medida sustitutiva de la pena de prisión inferior a seis años o cuando, siendo superior, el extranjero haya cumplido las tres cuartas partes de la condena. Esta previsión legal, incorporada al artículo 89 del Código Penal en 2003, ha sido criticada también por el Tribunal Supremo, que afirma que es asistemática y perturbadora de la legalidad penal, y que se aparta de los fines de reinserción y rehabilitación social que la Constitución española otorga a la pena.
Los efectos de la sanción de expulsión es triple. En primer lugar, determina la salida obligatoria del territorio español, en el plazo que establezca la resolución, que no será inferior a 72 horas. En segundo lugar, lleva aparejada la prohibición de entrar en España en un plazo que se establece con carácter proporcional a la infracción cometida, con un límite inferior de tres años y un límite superior de diez. Esta prohibición se extiende a los territorios de los Estados con los cuales España ha suscrito un acuerdo en tal sentido. Finalmente, la expulsión implica la extinción de cualquier autorización de permanecer en España y el archivo el procedimiento iniciado con tal objeto.
#13 ¿Eso son delitos o infracciones administrativas?
infinitamente peor que tener un Trump es tener un gilipollas que ondea la bandera de la izda viviendo como reyes , vosotros apoyasteis esta constitucion franquista , estais alimentandos por el Estado a base de caviar , no representais a nadieeeeeeee y apoyais una monarquia impuesta .
!Cómo disfruta la peña pepesoera soltando bilis contra Garzón!.
A diferencia del paupérrimo Hollande, se mantiene fiel a sus principios y es franco, a riesgo de hundir más a la izquierda como ese movimiento desconectado de nuestras necesidades y la realidad. Lo aplaudo por íntegro, a pesar de no estar de acuerdo con su ideología, y lo censuró por giliprogre.