Publicado hace 8 años por --516445-- a noticias.lainformacion.com

En el caso de Mallorca, según recuerdan, el 30 de noviembre de 1865 el Estado y la Diócesis -de común acuerdo- suscribieron la 'Relación de las fincas pertenecientes a la Iglesia que no se incluyen en los inventarios de permutación por estar exceptuados de ésta, con arreglo al Convenio celebrada con la Santa Sede'. De este modo, recalcan que todos los bienes que la Diócesis de Mallorca ha inscrito al amparo de esta normativa singular están incluidos en el documento firmado con el Estado en 1865.

Comentarios

D

Desde el mismo día de la creación, han añadido muy convencidos.

ﻞαʋιҽɾαẞ

#1 "Es la voluntad de dios", aclararon a continuación.

skaworld

¿Y el IBI de esos bienes...?¿Son suyos también?

U

#2 ¡Claro!

D

Ladrones, mentirosos, y pederastas. Los putos amos.

e

La ley establece de hace mucho que las inmatriculaciones al igual que los excesos de cabida deben someterse a publicidad y hasta el cabo de 2 años no surten efecto, lo que pasa es que nadie se preocupa de leer tales publicaciones y a poco que te despistes la finca aquella que no se sabía exactamente si era de tal o cual, se la queda la iglesia.