Hace 9 años | Por shake-it a andalucesdiario.es
Publicado hace 9 años por shake-it a andalucesdiario.es

El alcalde de Córdoba lo tiene claro: si la Acampada Dignidad acredita que tiene la titularidad de un inmueble puede solicitar el servicio de agua; si no, nada.

Comentarios

p

Pues miraa, en esto estoy de acuerdo.

Me parece perfectamente lógico que si no eres el titular, ya sea por compra o alquiler, no puedas firmar un contrato. Sólo faltaba que la vecina del quinto pueda decidir cambiar mi contrato de agua, gas o teléfono a otra compañía.

Sobre Endesa ya no hablo, porque no hay por donde cogerlos.

D

#1 Al menos, que si no la tienen en propiedad, que la tengan en uso y disfrute como arrendatarios.

Es que si no, vaya tela, "oigan, que no me dejan contratar a mi nombre servicios para esta vivienda que estoy ocupando ilegalmente, ¡estoy siendo oprimido!"

oso_69

Un compañero mío alquiló una segunda vivienda que tenía. El inquilino se marchó dejándole varios meses sin pagar y, lo más importante, un pufo de más de 1.000€ en luz y otros 500€ en agua. A pesar de que los contratos estaban a nombre del inquilino, las empresas suministradoras dijeron que el propietario del inmueble era responsable civil subsidiario. Y como el otro se declaró insolvente, ajo y agua.

WarDog77

#2 Nunca he entendido esa política, además de que me da que es ilegal.