Publicado hace 9 años por --452415-- a derechoynormas.blogspot.com.es

El titular de una marca no puede impedir a terceros que la utilicen siempre que esta utilización sea “no marcaria”, esto es, el tercero no la utilice para distinguir productos en el mercado ni la utilización suponga un aprovechamiento indebido de la reputación ajena o pueda perjudicar de cualquier otra forma (denigración, dilución del valor) al titular de la marca. Relacionada: El asesor del PP renunciará a registrar Guanyem Valencia y Barcelona si Iglesias y Colau donan 20.000 euros a una ONG
Hace 9 años | Por Dasoman a europapress.es
Publicado hace 9 años por Dasoman
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El asesor del PP en el Ayuntamiento de Valencia Luis Salom ha asegurado este jueves que renunciará a [...]

Comentarios

D

#0 Buenísimo:

"El PSOE registró su marca el 18 de mayo de 1976, antes incluso de ser legalizado en España. La Ley para la reforma política que legalizó los partidos es de 1977.

Entre los productos para los que la registró está: "PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA" (¿En qué estarían pensando?)


¿Para blanquear qué?

"El Partido Popular registró su marca el 5 de mayo del 93, 4 años después de su fundación.

Y entre los servicios que ampara la misma está, en un alarde de "modestia": "SERVICIOS PRESTADOS POR PERSONAS A TITULO DE MIEMBROS DE UNA ORGANIZACIÓN QUE REQUIERAN UN ALTO GRADO DE ACTIVIDAD MENTAL Y SE REFIERAN A ASPECTOS TEÓRICOS O PRÁCTICOS EN MATERIAS COMPLEJAS DEL ESFUERZO HUMANO"
"

D

Esto es la historia de un troll y una drama queen reconocida a la que le encanta montar numeritos victimizadores para sus fans. Tal para cual. Ha estado bien para distraerse un rato y ver a los fanoboys de uno y otro lado haciendo el ridículo, pero venga va, pasemos a otra cosa.

B

Pues el Ppero puede meterse en problemitas:

1. Él no es el creador ni diseñador del logotipo. No tiene ningún derecho intelectual sobre la creación/diseño del logotipo, y dudo que tenga el permiso de la persona que lo ha creado.

2. Luego esta la tipografía. Pueden pasar 3 cosas:

- Que la tipografía haya sido creada exproceso para la marca, y volvemos al punto 1.

- Que sea una tipografía libre de uso.Dudo que el Ppero este sepa qué tipografía se ha usado.

- Que se haya usado una tipografía que tenga unos derechos, y que dichos derechos se hayan acordado/cedido o vendido a la persona o entidad que hizo el logo, y que en este caso como el casi 1 el opero no tiene esos permisos.

Así que se le puede denunciar por hacer uso indebido de unos derechos de propiedad intelectual que no tiene.

D

#2 El logotipo es de Seagate

RocK

#3 los círculos de Guanyem están más cerrados y tiene uno más.

Podría considerarse plagio, pero hasta que un juez no dictamine nada al respecto, la propiedad intelectual es de Guanyem Barcelona.