Hace 9 años | Por --258554-- a elconfidencial.com
Publicado hace 9 años por --258554-- a elconfidencial.com

Las consecuencias de esta práctica supuestamente ilícita van desde el cierre de la cuenta por parte de WhastApp, infringir el artículo 1.091 del Código Civil, que establece que "las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes y deben cumplirse al tenor de los mismos", o incluso violar la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). WhatsApp tiene acceso ahora mismo a una lista de ciudadanos españoles afines a un partido político y sus respectivos números de teléfono

Comentarios

noexisto

Los jueces de Santa Clara tienen que estar frotándose las manos con eso de que les apliquemos el Código Civil: https://www.whatsapp.com/legal/