Hace 23 días | Por Filemon314 a rojoynegro.info
Publicado hace 23 días por Filemon314 a rojoynegro.info

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Asociación Regional de Empresarios de Ambulancias de Castilla-León (ALECA) contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, en la que ratifica que el tiempo en que los trabajadores y trabajadoras prestan el servicio de emergencias con presencia en la base o centro de trabajo en régimen de 24 horas/día tiene la condición de tiempo de trabajo a efectos de la duración máxima de la jornada de trabajo.

Comentarios

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Y siguen escribiendo "Castilla-León" olvidando la "Y"...
A un vasco facha se lo entendería, pero al resto de personas no.

Filemon314

#1 Hay para todos

Galero

#2 Mírate el nombre oficial y luego comparas