Publicado hace 1 año por me_joneo_pensando_en_ti a confilegal.com

Cuando se confirma que una vivienda o un local se ha construido en un suelo no urbanizable sin licencia municipal y se ha declarado que se ha producido un delito contra la ordenación del territorio, hay que estudiar qué se hace con ese edificio. Y es que la decisión no es sencilla porque surgen diversas preguntas como, por ejemplo, ¿cuándo hay que demoler?, ¿se puede sustituir por una indemnización cuando la vivienda ya ha sido transferida a un tercero ajeno a los hechos? o ¿de qué depende la decisión?

Comentarios

LázaroCodesal

Se ve un artículo bien escrito con información clara y concisa.....salvo el titular...¿demoler o no....? Pues clara y evidentemente SI.

D

#1 Claro, hay que pasar por el aro incluso tratándose de un derecho fundamental y de primera necesidad como es la vivienda. No vaya a ser que las constructoras, inmobiliarias, notarios y ayuntamientos se queden sin su tajada. Y si no te gusta no haber nacido en un mundo donde cada palmo de tierra y cada recurso natural ya está repartido a nombre de otros.

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