El Picasso de Botín pasará a ser propiedad del Estado, según la Ley de Patrimonio. El artículo 29 de la norma es tajante con este tipo de casos: pertenecen al Estado los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español que sean exportados sin la autorización.
#19:
#3 También veía yo imposible que Esperanza Aguirre se fuera de rositas después de huir y atropellar a un policía, y fíjate...
#2:
Bueno, no empecemos a chuparnos las pollas, recordad que ya existe un cambio de ley Ad Hoc con el apellido "Botin"
#32:
#25 La propiedad privada tiene límites. Tampoco puedes quemar alegremente cualquier bosque que sea tuyo y estás obligado a cuidar del patrimonio, cosa que me parece bien.
Leer los comentarios de la web y el tuyo es la risión. Malditos liberales, si por vosotros fuera destrozaríamos todo por dinero y acabaríamos viviendo en un descamapado calcinado y ruinoso.
#6:
¡Nacionalizan la propiedad privada! Si lo vieran en Podemos...
#1:
“En España no hay nada comparable a este cuadro”
Cierto: es feo como él solo.
#77:
#74 Claro que dice que no se puede destruir. Los bienes del Patrimonio Histórico Español (y este cuadro lo es dado que ha sido declarado BIC) están regulados por la Ley de Patrimonio de 1985: http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12534
Art 29:
1. Pertenecen al Estado los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español que sean exportados sin la autorización requerida por el artículo 5.º de esta Ley. Dichos bienes son inalienables e imprescriptibles.
2. Corresponde a la Administración del Estado realizar los actos conducentes a la total recuperación de los bienes ilegalmente exportados.
3. Cuando el anterior titular acreditase la pérdida o sustracción previa del bien ilegalmente exportado, podrá solicitar su cesión del Estado, obligándose a abonar el importe de los gastos derivados de su recuperación, y, en su caso, el reembolso del precio que hubiere satisfecho el Estado al adquirente de buena fe. Se presumirá la pérdida o sustracción del bien ilegalmente exportado cuando el anterior titular fuera una Entidad de derecho público.
4. Los bienes recuperados y no cedidos serán destinados a un centro público, previo informe del Consejo del Patrimonio Histórico.
Art 36:
1. Los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español deberán ser conservados, mantenidos y custodiados por sus propietarios o, en su caso, por los titulares de derechos reales o por los poseedores de tales bienes.
2. La utilización de los bienes declarados de interés cultural, así como de los bienes muebles incluidos en el Inventario General, quedará subordinada a que no se pongan en peligro los valores que aconsejen su conservación. Cualquier cambio de uso deberá ser autorizado por los Organismos competentes para la ejecución de esta Ley.
3. Cuando los propietarios o los titulares de derechos reales sobre bienes declarados de interés cultural o bienes incluidos en el Inventario General no ejecuten las actuaciones exigidas en el cumplimiento de la obligación prevista en el apartado 1.º de este artículo, la Administración competente, previo requerimiento a los interesados, podrá ordenar su ejecución subsidiaria. Asimismo, podrá conceder una ayuda con carácter de anticipo reintegrable que, en caso de bienes inmuebles, será inscrita en el Registro de la Propiedad. La Administración competente también podrá realizar de modo directo las obras necesarias, si así lo requiere la más eficaz conservación de los bienes. Excepcionalmente la Administración competente podrá ordenar el depósito de los bienes muebles en centros de carácter público en tanto no desaparezcan las causas que originaron dicha necesidad.
4. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo será causa de interés social para la expropiación forzosa de los bienes declarados de interés cultural por la Administración competente.
#26:
#3 Ya le darán las vueltas... que si el yate es considerado territorio español... que si no ha llegado a tocar suelo extranjero.... Como dice #2 aún estamos a tiempo a ver la doctrina Botín 2.0
#8:
Una verguenza que ese señor no este declarando ante el juez para posteriormente poner su culo en el calabozo.
#25:
Luego dicen "propiedad privada esto, propiedad privada lo otro" y si a mi me sale de los cojones vender un cuadro y el estado dice que no, me tengo que joder, pues, o me lo compran o me dejan venderlo, pero si tengo pasta hasta salirseme de las orejas, monto una rueda de prensa y quemo el cuadro en directo (que no tiene por que ser el autentico).
#51:
#1 Es lo que tiene la firma. Picasso, como todo los pintores, habrán hecho trabajos a los que se han dedicado en cuerpo y alma y trabajos que han hecho por pasar el rato. Este parece que lo ha pintado mientras cagaba.
#42:
#37 No estoy de acuerdo. Ya te he dicho que la propiedad privada tiene límites y yo estoy de acuerdo.
¿Tú no? Pues vale. Espero que no te quejes cuando vayas a un río lleno de mierda, o estés rodeado de nada. Y es que cuando cada uno puede hacer lo que le da la gana con lo "suyo" nos acaba afectando a todos.
#34:
En mayo le dijeron que no lo podía vender, lo recurre y ahora lo encuentran en un barco fuera del país. Y tendrá la jeta de decir que lo llevaba para disfrutar de verlo.
#3 Ya le darán las vueltas... que si el yate es considerado territorio español... que si no ha llegado a tocar suelo extranjero.... Como dice #2 aún estamos a tiempo a ver la doctrina Botín 2.0
#3 Como bien dice hace falta un informe del Reina Sofía. Pues fíjate que por un error de formas el estado no puede obtener el informe o directamente se ha perdido. Total a la gente se la sopla que les roben su dinero, sus derechos y que les meen en la cara, les va importar que haya un error con el informe de dicho cuadro.
Una alcaldesa que ha cambiado la ley... que casualidad para que derribar la moto de un policia no sea delito. Crees que no va a cambiar una ley otra vez. Tranquilo... y sacarán cualquier cosa por ilogica que parezca pere os garantizo que ese no se queda sin su cuadro mucho tiempo.
#3 En el caso de las cesiones de crédito del que se libró Botín gracias a la famosa doctrina, cuando el juzgado les pidió los nombres de los clientes implicados le mandaron un listado con muertos, ex-empleados y un montón de gente que no tenía nada que ver. Está claro que eso es un delito ¿no? Pues eso.
#1 Es lo que tiene la firma. Picasso, como todo los pintores, habrán hecho trabajos a los que se han dedicado en cuerpo y alma y trabajos que han hecho por pasar el rato. Este parece que lo ha pintado mientras cagaba.
Luego dicen "propiedad privada esto, propiedad privada lo otro" y si a mi me sale de los cojones vender un cuadro y el estado dice que no, me tengo que joder, pues, o me lo compran o me dejan venderlo, pero si tengo pasta hasta salirseme de las orejas, monto una rueda de prensa y quemo el cuadro en directo (que no tiene por que ser el autentico).
#25 La propiedad privada tiene límites. Tampoco puedes quemar alegremente cualquier bosque que sea tuyo y estás obligado a cuidar del patrimonio, cosa que me parece bien.
Leer los comentarios de la web y el tuyo es la risión. Malditos liberales, si por vosotros fuera destrozaríamos todo por dinero y acabaríamos viviendo en un descamapado calcinado y ruinoso.
#37 No estoy de acuerdo. Ya te he dicho que la propiedad privada tiene límites y yo estoy de acuerdo.
¿Tú no? Pues vale. Espero que no te quejes cuando vayas a un río lleno de mierda, o estés rodeado de nada. Y es que cuando cada uno puede hacer lo que le da la gana con lo "suyo" nos acaba afectando a todos.
#42 Eso que comentas se llama externalidad negativa y deben resarcirse los daños. Pues, si quemo mi cuadro es mi cuadro, si tanto lo valora alguien que lo compre.
#46 Lo de deben resarcirse los daños es algo muy complicado. Algunos creéis que todo se puede comprar/reponer con dinero. ¿A cuánto va el kilo de polinización?
Es por razonamientos como ese por el que hay que poner coto a la propiedad privada. A ese argumento potente donde los haya yo respondo: el que sólo por el hecho de tener pasta cometa tales atrocidades a la cárcel de cabeza, si tanto valora su libertad que deje de dedicarse a la gilipollez.
Repito ¿qué ventaja tiene ese no control?
Imagina, hay una fábrica, esa fabrica contamina y afecta tu cosecha. Se puede solucionar de varías maneras:
- Ante todo, la fábrica deberá pagar la cosecha y demás daños.
- La fábrica deberá o dejar de contaminar o pagar tus daños de forma permanente, lo que implicaría todas las cosechas y perdidas de valor vinculadas.
Ojo, podrías no aceptar el pago de los daños sucesivos por lo que la fábrica debería dejar de contaminar o dejar de producir. No haría falta nada especial sino el cumplimiento de la ley natural, cosa que muchas (casi siempre) es el estado quien impide su ejercicio.
No veo la externalidad negativa en el caso de sacar la pintura de España.
Ps. Mira, otro caso (mucho más chorra). Tus vecinos hacen ruido, mucho ruido, y eso te molesta porque no quieres ruido, sino paz. Entonces, como es externalidad negativa puedes optar por:
1) dejen de hacer ruido;
2) Que insonoricen su casa o la tuya.
3) Paguen mensualmente un canon por ruido.
Mientras resuelven pues debería haber silencio, negocian y listo. El estado solo debe velar porque tu libertad a tener paz se cumpla mientras negocias la solución.
Fijo, pues si por cada botellón que hiciesen los cabrones de arriba te pagasen la noche de hotel más las demás molestias, fijo que dejan de joder.
#59 si si, si eso lo entiendo perfectamente. Hasta ahora curraba en una empresa relacionada con el impacto ambiental en Alemania y tienen el tema muy legislado... Lo que digo es que como parche vale, pero en multitud de casos no se trata de compensar económicamente a otra persona sino que lo que te cargas no tiene siquiera un precio equivalente, esto es, ni se contempla. Por eso te puse el ejemplo de la polinización. Imaginémonos que un uso excesivo de fitosanitarios conlleva la reducción de la población de abejas. ¿Eso cómo se reembolsa? Puedes pagar a los agricultores las pérdidas de cosecha, pero ¿cómo repongo de verdad la polinización? Como no contrates a un señor que vaya con un pincelín polinizando flor a flor no sé yo que vas a hacer...
#46 Tu cuadro puede suponer una revolución para el mundo del arte y por tanto para toda la humanidad. También puede tener relevancia histórica ¿Cuánto valen las pinturas de Altamira? ¿Quién quiera puede destrozarlas, privándonos a todos de conocer nuestra historia, y por tanto a nosotros mismos?
#66 ¿Y si el estado o una fundación no tiene dinero? ¿Perdemos patrimonio?
En cualquier caso si el estado hubiera querido expropiar lo habría expropiado. En vez de eso lo dejaba en manos privadas, SIEMPRE QUE NO SALIERA DE ESPAÑA. Lo quería vender, que lo venda aquí. Sacarlo del país se denomina expolio.
#47 Pues sinceramente no te sé decir, pero sí sé que el Estado paga el mantenimiento y otras cosas de bastantes bienes en manos de particulares por el interés general.
#37 No estoy de acuerdo. El hecho de poner límites a la propiedad privada es por algo, no un mero capricho comunista. ¿Qué ventajas tiene ese no control? ¿Si me compro la Alhambra por ejemplo la puedo volar en pedazos? ¿Puedo regar MI parcela de plutonio? Desgraciadamente aberraciones de este tipo ya ocurren pero no le veo la ventaja a no controlarlo oye.
Si el estado no me deja venderlo a otro coleccionista, ni me lo compra patrimonio, es de suponer que las costas de su mantenimiento y cuidado, correran a cargo del estado.
#49 Lo del plutonio era recurso literario (bastante malejo, cierto)
El comentario iba referido a "el estado puede hacer lo que quiera con lo suyo, pero, si es mio, el que manda soy yo". En el caso concreto del cuadro me da la risa, como comprenderás estos problemones de "no puedo colocar este cuadro que compré pa especular" no me interesan mucho.
Si el cuadro es legítimamente suyo no se porque no lo puede vender , al fin y al cabo la compraventa de arte es lo sustenta a los artistas no el Estado.
Si España quiere el cuadro que le hubiera ofrecido una oferta y se hubiera hecho con el legalmente.
#73 Respecto a lo primero estoy totalmente de acuerdo con #75
Es muy complicado saber qué es cultura y qué no, quizá deberíamos dejar el culto a los dioses de ahora y ya se conserva lo que se conserve. Que es lo que se ha hecho siempre, vaya.
Respecto a lo segundo, no creo que tenga nada que ver que alguien tenga ánimo de lucrarse con el interés general. Si yo construyo una tienda con ánimo de lucrarme, pero por ahí hace falta que pase una autopista, se podrá considerar un sitio de interés general aunque yo tenga ánimo de lucro.
Si yo tengo un terreno y tiene que pasar una carretera , hay todo un aparato legal donde el Estado puede expropiarte ese terreno pero te tiene que pagar lo que se llaman un justiprecio.Que básicamente es un valor taso por peritos independientes y suelen darte un precio cercano al de mercado.
Aquí estamos hablando de un cuadro , el que ese cuadro lo tenga un particular no esta violando ninguna ley ni infringiendo la constitución en el anterior ejemplo se suelen agarrar al derecho de transito de todo español. Es un cuadro que seamos sinceros poca gente sabe que existe y poca gente puede apreciarlo sino tiene unos conocimientos de arte.
El Estado español lo que debería haberle ofrecido es un oferta por su compra , porque es una medida absurda eso de que no pueda salir de España, ¿gana algo el pueblo español sabiendo que el cuadro esta dentro de España? nadie lo puede ver solo su dueño , lo que ha hecho es una medida de cara a la galería.
Y quiero recordar que el arte se sustenta gracias al dinero de mecenas privados no gracias al Estado , medidas como estas no hacen mas que ahuyentar el negocio del arte de España.
#89 "¿gana algo el pueblo español sabiendo que el cuadro esta dentro de España? nadie lo puede ver solo su dueño" Te aseguras que cuando el Estado pueda o lo quiera comprar lo pueda conseguir por un precio justo, que puede ser el que imponga por ley. Sí, ya lo sé, a ti eso te parece fatal y a mi me parece súper razonable, pero es que tú eres libegal y yo no.
Así que no nos vamos a poner de acuerdo porque es un asunto fundamental que tiene bastante que ver con la personalidad de cada uno y que es muy, pero muy difícil cambiar. Yo creo en compartir. Otros no. Es así y no tiene lugar a debate porque ambas cosas son comprensibles, pero cada uno creemos que nuestra idea es la mejor.
#82 Si es muy sencillo. Es lo que está en el catálogo que es público. Cuando compras algo de ese catálogo sabes que debes cumplir lo que señala #77 No hay que hacerse muchas pajas mentales.
#32 No estés tan seguro sobre poder quemar el bosque. Para hacer un fuego en tu propiedad tienes que pedir un permiso, y luego tiene que quedar perfectamente visible que el fuego no corre absolutamente ningún riesgo de incendiar los terrenos de los vecinos. Si talas todo el bosque, y haces una hoguera en medio, yo creo que no hay ninguna ley que te lo impida, una vez sacado el correspondiente permiso para hacer fuego, que te lo dan siempre que sea en invierno o no sea época de riesgo de incendios.
Es decir, en este caso puedes hacer lo que quieras con tu propiedad privada, mientras no dañes la propiedad privada de los demás.
En mayo le dijeron que no lo podía vender, lo recurre y ahora lo encuentran en un barco fuera del país. Y tendrá la jeta de decir que lo llevaba para disfrutar de verlo.
#23 Yo quiero conocer los entresijos, saber porque Francia lo descubre pero no España, conocer si han existido maniobras para evitar que el tema se conociera y demás. Un Botín quedando mal es un fallo del pacto.
Por cierto, vergonzo lo matizada que dan la noticia entre otras la SER dejando a Botín como alguien que es el dueño del barco y el cuadro pero sin tener culpa.
A ver si me entero de una par de cosas:
- ¿Donde? donde encontraron el cuadro
- ¿Nacionalidad del barco?, si tiene pabellón español, el barco es territorio español, por tanto el barco no ha salido de España.
- ¿Quien es el propietario del cuadro? independientemente de quien sea esta persona esta ley me parece una forma de robo por parte del estado descarado, resulta que simplemente con declarar que el articulo es único se priva al "legitimo" dueño de disponer de la propiedad como le venga en gana.
#36 Yo creo que debería por lo menos debatirse, lo que no tiene debate posible para mi es que, bajo ningún concepto debería llegar la Luna a manos privadas.
#31 Un perro también puede ser tuyo y es delito molerlo a palos. La ley ya estaba ahí, así que cualquiera que compre algo con determinadas características sabe que restricciones tiene.
#31 Entonces, se puede uno llevar la catedral de córdoba piedra a piedra a otro país? Venga... ni tú te crees la memez que acabas de soltar. Sobre todo porque cuando COMPRAS patrimonio, conoces la LEY, si compras, sabes a qué reglas te tienes que atener.
Venga, voy a demoler el palacio del siglo XV que me quiero construir un chalet con piscina.
haber lo de los cuadros estos porque es; en el mundo sobra capital, hay un tremendo exceso de liquidez pero esta en unas pocas manos, tipo Gates, Slim etc
invertir en empresas, o banca, solo da un 2 por ciento anual o menos, los productos decentes da poca rentabilidad, asi que la rentabilidad esta en esperpentos como un Picasso a 100 mil millones, o futbolista, o eurovegas putiferios o drogas ...
en el mundo hay un exceso de liquidez de dinero, de MONTAÑAS DE CAPITALES en pocas manos, que nos esta destruyendo a todos
A mí me molaría que el tío cogiese y le prendiese fuego al cuadro sólo por joder. La ley dice que no se puede sacar de España, pero no sé si indica que no se pueda destruir
#74 Claro que dice que no se puede destruir. Los bienes del Patrimonio Histórico Español (y este cuadro lo es dado que ha sido declarado BIC) están regulados por la Ley de Patrimonio de 1985: http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12534
Art 29:
1. Pertenecen al Estado los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español que sean exportados sin la autorización requerida por el artículo 5.º de esta Ley. Dichos bienes son inalienables e imprescriptibles.
2. Corresponde a la Administración del Estado realizar los actos conducentes a la total recuperación de los bienes ilegalmente exportados.
3. Cuando el anterior titular acreditase la pérdida o sustracción previa del bien ilegalmente exportado, podrá solicitar su cesión del Estado, obligándose a abonar el importe de los gastos derivados de su recuperación, y, en su caso, el reembolso del precio que hubiere satisfecho el Estado al adquirente de buena fe. Se presumirá la pérdida o sustracción del bien ilegalmente exportado cuando el anterior titular fuera una Entidad de derecho público.
4. Los bienes recuperados y no cedidos serán destinados a un centro público, previo informe del Consejo del Patrimonio Histórico.
Art 36:
1. Los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español deberán ser conservados, mantenidos y custodiados por sus propietarios o, en su caso, por los titulares de derechos reales o por los poseedores de tales bienes.
2. La utilización de los bienes declarados de interés cultural, así como de los bienes muebles incluidos en el Inventario General, quedará subordinada a que no se pongan en peligro los valores que aconsejen su conservación. Cualquier cambio de uso deberá ser autorizado por los Organismos competentes para la ejecución de esta Ley.
3. Cuando los propietarios o los titulares de derechos reales sobre bienes declarados de interés cultural o bienes incluidos en el Inventario General no ejecuten las actuaciones exigidas en el cumplimiento de la obligación prevista en el apartado 1.º de este artículo, la Administración competente, previo requerimiento a los interesados, podrá ordenar su ejecución subsidiaria. Asimismo, podrá conceder una ayuda con carácter de anticipo reintegrable que, en caso de bienes inmuebles, será inscrita en el Registro de la Propiedad. La Administración competente también podrá realizar de modo directo las obras necesarias, si así lo requiere la más eficaz conservación de los bienes. Excepcionalmente la Administración competente podrá ordenar el depósito de los bienes muebles en centros de carácter público en tanto no desaparezcan las causas que originaron dicha necesidad.
4. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo será causa de interés social para la expropiación forzosa de los bienes declarados de interés cultural por la Administración competente.
Yo no estaría tan contento. El Picaso de Botín pasará a ser propiedad del Estado, es decir el Estado pasa a ser responsable de cuidarlo, vigilarlo y si corresponde exponerlo. Y no puede venderlo...O sea mas presupuesto para museos y menos para becas...
Comentarios
#3 También veía yo imposible que Esperanza Aguirre se fuera de rositas después de huir y atropellar a un policía, y fíjate...
#19 fijate tu, incluso...
#19 Atropelló a un policia?
Bueno, no empecemos a chuparnos las pollas, recordad que ya existe un cambio de ley Ad Hoc con el apellido "Botin"
#2 Es tan claro el artículo que veo imposible que no se lo quede el estado.
#3 Doctrina Botín 2.0.
Y seguro que es capaz de desgravarse de los impuestos el valor del cuadro más las plusvalías.
#2
#5 Yo aun voy mas lejos y digo que al final le tendremos que indemnizar.
#3 Pues no lo veas tan imposible, si no se reclama no se lo queda el estado, ¿no?
Pues ahí lo tienes...recordad la mezquita de Córdoba
#3 Ya le darán las vueltas... que si el yate es considerado territorio español... que si no ha llegado a tocar suelo extranjero.... Como dice #2 aún estamos a tiempo a ver la doctrina Botín 2.0
#3 Como bien dice hace falta un informe del Reina Sofía. Pues fíjate que por un error de formas el estado no puede obtener el informe o directamente se ha perdido. Total a la gente se la sopla que les roben su dinero, sus derechos y que les meen en la cara, les va importar que haya un error con el informe de dicho cuadro.
#3 Está tan podrido el Estado de Derecho en este país que veo imposible que no se salga con la suya Botín y PPSOE.
#3 Jajaja... ¿de verdad piensas eso?
Una alcaldesa que ha cambiado la ley... que casualidad para que derribar la moto de un policia no sea delito. Crees que no va a cambiar una ley otra vez. Tranquilo... y sacarán cualquier cosa por ilogica que parezca pere os garantizo que ese no se queda sin su cuadro mucho tiempo.
#3 En el caso de las cesiones de crédito del que se libró Botín gracias a la famosa doctrina, cuando el juzgado les pidió los nombres de los clientes implicados le mandaron un listado con muertos, ex-empleados y un montón de gente que no tenía nada que ver. Está claro que eso es un delito ¿no? Pues eso.
#2 como lo sabes, creo que los botin tienes un museo nuevo en santander, igual lo colocan ahi ??????
¡Nacionalizan la propiedad privada! Si lo vieran en Podemos...
“En España no hay nada comparable a este cuadro”
Cierto: es feo como él solo.
#1 No estoy tan seguro.
#7
#7 Este es mucho mejor.
#7 Lo mismo he pensado yo al verlo, tienen una retirada.
#7 en la mini da el pego!
#7 Hoy en día eso debe valer una fortuna
#7 yo tmp jeje
#1 Es lo que tiene la firma. Picasso, como todo los pintores, habrán hecho trabajos a los que se han dedicado en cuerpo y alma y trabajos que han hecho por pasar el rato. Este parece que lo ha pintado mientras cagaba.
#51 Menos en sus primeras épocas, pocas cosas he visto yo de Picasso que me pareciesen portadoras de su cuerpo y su alma.
Una verguenza que ese señor no este declarando ante el juez para posteriormente poner su culo en el calabozo.
Luego dicen "propiedad privada esto, propiedad privada lo otro" y si a mi me sale de los cojones vender un cuadro y el estado dice que no, me tengo que joder, pues, o me lo compran o me dejan venderlo, pero si tengo pasta hasta salirseme de las orejas, monto una rueda de prensa y quemo el cuadro en directo (que no tiene por que ser el autentico).
#25 Si pudiera te prestaba la pasta para comprar el cuadro y ver la performance
#25 La propiedad privada tiene límites. Tampoco puedes quemar alegremente cualquier bosque que sea tuyo y estás obligado a cuidar del patrimonio, cosa que me parece bien.
Leer los comentarios de la web y el tuyo es la risión. Malditos liberales, si por vosotros fuera destrozaríamos todo por dinero y acabaríamos viviendo en un descamapado calcinado y ruinoso.
#32 Hombre, el estado puede hacer lo que quiera con lo suyo, pero, si es mio, el que manda soy yo.
Si al estado no le gusta, puede optar por comprarlo, lo que ahora quieren es basicamente robar.
#37 No estoy de acuerdo. Ya te he dicho que la propiedad privada tiene límites y yo estoy de acuerdo.
¿Tú no? Pues vale. Espero que no te quejes cuando vayas a un río lleno de mierda, o estés rodeado de nada. Y es que cuando cada uno puede hacer lo que le da la gana con lo "suyo" nos acaba afectando a todos.
#42 Eso que comentas se llama externalidad negativa y deben resarcirse los daños. Pues, si quemo mi cuadro es mi cuadro, si tanto lo valora alguien que lo compre.
cc #37
#46 Lo de deben resarcirse los daños es algo muy complicado. Algunos creéis que todo se puede comprar/reponer con dinero. ¿A cuánto va el kilo de polinización?
Es por razonamientos como ese por el que hay que poner coto a la propiedad privada. A ese argumento potente donde los haya yo respondo: el que sólo por el hecho de tener pasta cometa tales atrocidades a la cárcel de cabeza, si tanto valora su libertad que deje de dedicarse a la gilipollez.
Repito ¿qué ventaja tiene ese no control?
#55 el resarcir los daños, más las pérdidas.
Imagina, hay una fábrica, esa fabrica contamina y afecta tu cosecha. Se puede solucionar de varías maneras:
- Ante todo, la fábrica deberá pagar la cosecha y demás daños.
- La fábrica deberá o dejar de contaminar o pagar tus daños de forma permanente, lo que implicaría todas las cosechas y perdidas de valor vinculadas.
Ojo, podrías no aceptar el pago de los daños sucesivos por lo que la fábrica debería dejar de contaminar o dejar de producir. No haría falta nada especial sino el cumplimiento de la ley natural, cosa que muchas (casi siempre) es el estado quien impide su ejercicio.
No veo la externalidad negativa en el caso de sacar la pintura de España.
Ps. Mira, otro caso (mucho más chorra). Tus vecinos hacen ruido, mucho ruido, y eso te molesta porque no quieres ruido, sino paz. Entonces, como es externalidad negativa puedes optar por:
1) dejen de hacer ruido;
2) Que insonoricen su casa o la tuya.
3) Paguen mensualmente un canon por ruido.
Mientras resuelven pues debería haber silencio, negocian y listo. El estado solo debe velar porque tu libertad a tener paz se cumpla mientras negocias la solución.
Fijo, pues si por cada botellón que hiciesen los cabrones de arriba te pagasen la noche de hotel más las demás molestias, fijo que dejan de joder.
#59 si si, si eso lo entiendo perfectamente. Hasta ahora curraba en una empresa relacionada con el impacto ambiental en Alemania y tienen el tema muy legislado... Lo que digo es que como parche vale, pero en multitud de casos no se trata de compensar económicamente a otra persona sino que lo que te cargas no tiene siquiera un precio equivalente, esto es, ni se contempla. Por eso te puse el ejemplo de la polinización. Imaginémonos que un uso excesivo de fitosanitarios conlleva la reducción de la población de abejas. ¿Eso cómo se reembolsa? Puedes pagar a los agricultores las pérdidas de cosecha, pero ¿cómo repongo de verdad la polinización? Como no contrates a un señor que vaya con un pincelín polinizando flor a flor no sé yo que vas a hacer...
#68 pues ahí ya dije, si el daño no se puede saldar con dinero entonces no se puede causar (al menos, nuevamente)
#46 Tu cuadro puede suponer una revolución para el mundo del arte y por tanto para toda la humanidad. También puede tener relevancia histórica ¿Cuánto valen las pinturas de Altamira? ¿Quién quiera puede destrozarlas, privándonos a todos de conocer nuestra historia, y por tanto a nosotros mismos?
#64 La cuestión está en la propiedad, lo interesante es que el cuadro lo compre el estado o una fundación si tan valioso es.
#66 ¿Y si el estado o una fundación no tiene dinero? ¿Perdemos patrimonio?
En cualquier caso si el estado hubiera querido expropiar lo habría expropiado. En vez de eso lo dejaba en manos privadas, SIEMPRE QUE NO SALIERA DE ESPAÑA. Lo quería vender, que lo venda aquí. Sacarlo del país se denomina expolio.
#66 Qué manía tenéis con ponerle precio a todo.
#42 Entiendo entonces que el mantenimiento de dicha obra cuando estaba en manos de botin, lo pagaba el estado, ¿no?.
#47 Pues sinceramente no te sé decir, pero sí sé que el Estado paga el mantenimiento y otras cosas de bastantes bienes en manos de particulares por el interés general.
#37 No estoy de acuerdo. El hecho de poner límites a la propiedad privada es por algo, no un mero capricho comunista. ¿Qué ventajas tiene ese no control? ¿Si me compro la Alhambra por ejemplo la puedo volar en pedazos? ¿Puedo regar MI parcela de plutonio? Desgraciadamente aberraciones de este tipo ya ocurren pero no le veo la ventaja a no controlarlo oye.
#43 Lo del plutonio me ha matao.
Si el estado no me deja venderlo a otro coleccionista, ni me lo compra patrimonio, es de suponer que las costas de su mantenimiento y cuidado, correran a cargo del estado.
#49 Lo del plutonio era recurso literario (bastante malejo, cierto)
El comentario iba referido a "el estado puede hacer lo que quiera con lo suyo, pero, si es mio, el que manda soy yo". En el caso concreto del cuadro me da la risa, como comprenderás estos problemones de "no puedo colocar este cuadro que compré pa especular" no me interesan mucho.
#49 Lo del plutonio es muy cierto. Si yo con MI dinero compro residuos nucleares, puedo enterrar MIS residuos en MI terreno?
Y si el Estado no me deja hacer lo que quiera, ¿estará obligado a comprarme los residuos o a hacerse cargo de su contención?
#49 Pues no. Ya sabes la ley que hay. Si no te gusta, no lo compres.
#32 Lo quería vender y se lo negaron.
Si el cuadro es legítimamente suyo no se porque no lo puede vender , al fin y al cabo la compraventa de arte es lo sustenta a los artistas no el Estado.
Si España quiere el cuadro que le hubiera ofrecido una oferta y se hubiera hecho con el legalmente.
#50 No lo puede vender porque se considera de interés general.
#65 ¿Quién decide eso? ¿Bajo que reglas? ¿Es correcto considerar que una obra es de intereses general cuando fue creada con animo de lucrarse?
#73 El arte es lo que tiene, que como no es una cosa objetiva hay que estar a lo que digan cuatro iluminados
#73 Respecto a lo primero estoy totalmente de acuerdo con #75
Es muy complicado saber qué es cultura y qué no, quizá deberíamos dejar el culto a los dioses de ahora y ya se conserva lo que se conserve. Que es lo que se ha hecho siempre, vaya.
Respecto a lo segundo, no creo que tenga nada que ver que alguien tenga ánimo de lucrarse con el interés general. Si yo construyo una tienda con ánimo de lucrarme, pero por ahí hace falta que pase una autopista, se podrá considerar un sitio de interés general aunque yo tenga ánimo de lucro.
#82 Pero estas mezclando cosas.
Si yo tengo un terreno y tiene que pasar una carretera , hay todo un aparato legal donde el Estado puede expropiarte ese terreno pero te tiene que pagar lo que se llaman un justiprecio.Que básicamente es un valor taso por peritos independientes y suelen darte un precio cercano al de mercado.
Aquí estamos hablando de un cuadro , el que ese cuadro lo tenga un particular no esta violando ninguna ley ni infringiendo la constitución en el anterior ejemplo se suelen agarrar al derecho de transito de todo español. Es un cuadro que seamos sinceros poca gente sabe que existe y poca gente puede apreciarlo sino tiene unos conocimientos de arte.
El Estado español lo que debería haberle ofrecido es un oferta por su compra , porque es una medida absurda eso de que no pueda salir de España, ¿gana algo el pueblo español sabiendo que el cuadro esta dentro de España? nadie lo puede ver solo su dueño , lo que ha hecho es una medida de cara a la galería.
Y quiero recordar que el arte se sustenta gracias al dinero de mecenas privados no gracias al Estado , medidas como estas no hacen mas que ahuyentar el negocio del arte de España.
#89 "¿gana algo el pueblo español sabiendo que el cuadro esta dentro de España? nadie lo puede ver solo su dueño" Te aseguras que cuando el Estado pueda o lo quiera comprar lo pueda conseguir por un precio justo, que puede ser el que imponga por ley. Sí, ya lo sé, a ti eso te parece fatal y a mi me parece súper razonable, pero es que tú eres libegal y yo no.
Así que no nos vamos a poner de acuerdo porque es un asunto fundamental que tiene bastante que ver con la personalidad de cada uno y que es muy, pero muy difícil cambiar. Yo creo en compartir. Otros no. Es así y no tiene lugar a debate porque ambas cosas son comprensibles, pero cada uno creemos que nuestra idea es la mejor.
#82 Si es muy sencillo. Es lo que está en el catálogo que es público. Cuando compras algo de ese catálogo sabes que debes cumplir lo que señala #77 No hay que hacerse muchas pajas mentales.
#32 Y comiendo billetes.
#32 No estés tan seguro sobre poder quemar el bosque. Para hacer un fuego en tu propiedad tienes que pedir un permiso, y luego tiene que quedar perfectamente visible que el fuego no corre absolutamente ningún riesgo de incendiar los terrenos de los vecinos. Si talas todo el bosque, y haces una hoguera en medio, yo creo que no hay ninguna ley que te lo impida, una vez sacado el correspondiente permiso para hacer fuego, que te lo dan siempre que sea en invierno o no sea época de riesgo de incendios.
Es decir, en este caso puedes hacer lo que quieras con tu propiedad privada, mientras no dañes la propiedad privada de los demás.
#25 Capitalistas liberales para unas cosas y comunistas para otras. ¡Viva la coherencia!
#25 Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general. Constitucion Española 128.1
25 millones que le acaban de soplar a botín. Solucionadas las becas comedor de cuatro comunidades.
¡Gracias!
#18 acabara en el despacho de algún político...
#24 En la noticia aclaran que acabaría en el Reina Sofía.
#24 que es un cuadro que dicen que vale lo que nos va a traer el cuadro es gasto tiempo al tiempo
En mayo le dijeron que no lo podía vender, lo recurre y ahora lo encuentran en un barco fuera del país. Y tendrá la jeta de decir que lo llevaba para disfrutar de verlo.
#34 Ahora podrá seguir disfrutandolo, previo pago de la entrada del museo.
#34 Lo curioso es que si no ha bajado del barco y este tiene bandera española , en teoría nunca ha abandonado territorio español.
#52 tenía pabellón inglés, lo dicen en El País
#87 Entonces ya había sacado el cuadro del España realmente.
O sea de la familia Botin otra vez...
Mmm pasa a ser del estado....¿Significa que el gobierno sé lo puede regalar a Botín por algún merito ?
Las leyes del país no están hechas para las familia Botín y similares. Si no para el pringado de turno
#23 Yo quiero conocer los entresijos, saber porque Francia lo descubre pero no España, conocer si han existido maniobras para evitar que el tema se conociera y demás. Un Botín quedando mal es un fallo del pacto.
Por cierto, vergonzo lo matizada que dan la noticia entre otras la SER dejando a Botín como alguien que es el dueño del barco y el cuadro pero sin tener culpa.
A ver si me entero de una par de cosas:
- ¿Donde? donde encontraron el cuadro
- ¿Nacionalidad del barco?, si tiene pabellón español, el barco es territorio español, por tanto el barco no ha salido de España.
- ¿Quien es el propietario del cuadro? independientemente de quien sea esta persona esta ley me parece una forma de robo por parte del estado descarado, resulta que simplemente con declarar que el articulo es único se priva al "legitimo" dueño de disponer de la propiedad como le venga en gana.
#31 you are idiot (idiot of the bull, mismamente) and in your house no hay botijo.
#31 ¿Si alguien compra la luna debería tener derecho a destruirla o hacer con ella lo que quiera?
#36 sí, como cuando lancé mi ps4 por la ventana la semana pasada.
cc #31
#48 y atizaste a alguien?
#99 metáfora.
#36 Yo creo que debería por lo menos debatirse, lo que no tiene debate posible para mi es que, bajo ningún concepto debería llegar la Luna a manos privadas.
#31 se te priva de sacarlo del país, especialmente de tapadillo.
#31 Un perro también puede ser tuyo y es delito molerlo a palos. La ley ya estaba ahí, así que cualquiera que compre algo con determinadas características sabe que restricciones tiene.
#31 Entonces, se puede uno llevar la catedral de córdoba piedra a piedra a otro país? Venga... ni tú te crees la memez que acabas de soltar. Sobre todo porque cuando COMPRAS patrimonio, conoces la LEY, si compras, sabes a qué reglas te tienes que atener.
Venga, voy a demoler el palacio del siglo XV que me quiero construir un chalet con piscina.
haber lo de los cuadros estos porque es; en el mundo sobra capital, hay un tremendo exceso de liquidez pero esta en unas pocas manos, tipo Gates, Slim etc
invertir en empresas, o banca, solo da un 2 por ciento anual o menos, los productos decentes da poca rentabilidad, asi que la rentabilidad esta en esperpentos como un Picasso a 100 mil millones, o futbolista, o eurovegas putiferios o drogas ...
en el mundo hay un exceso de liquidez de dinero, de MONTAÑAS DE CAPITALES en pocas manos, que nos esta destruyendo a todos
#45 No digo yo que no tengas razón, pero "un Picasso a 100 mil millones"... cuidao, que eso son casi cuatro rescates de Bankia.
Titular alternativo: El Estado recupera el botín de Botín.
Ahora sabemos porque Botín el viejo viejo le dió el banco a Emilio y no al otro. Esto es como el padrino macho.
Se lo quedarán los franceses, ya verás
que le den por culo al cuadro, lo que es acojonante es el yate... es una chulada
No hay cojones!
Exprópiese!!
El estado, más que llevarse un Picasso, se queda con un gran botín. . Matadme.
Gracias Jaime Botín.
Mira que me extrañaría que el personaje no se salga de la suya con ese apellido. Ojalá me equivoque.
Botin=Estado
Ojalá alguien pudiera grabar a Botín llorando como una nena... Haría feliz a más de uno.
#27 Hombre, con la pasta de esa familia, de ser la mia, no me importaria desprenderme de un par de millones y liquidar al que tome esa decision.
A la "Familia" no se toca.
Y de ahí a una sociedad de conservación privada, y ¡Hop! Siguiente parada Suiza de nuevo.
Picasso se estaría riendo y diría. ¿Cuanto valdría un cerote mío?
A mí me molaría que el tío cogiese y le prendiese fuego al cuadro sólo por joder. La ley dice que no se puede sacar de España, pero no sé si indica que no se pueda destruir
#74 Claro que dice que no se puede destruir. Los bienes del Patrimonio Histórico Español (y este cuadro lo es dado que ha sido declarado BIC) están regulados por la Ley de Patrimonio de 1985: http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12534
Art 29:
1. Pertenecen al Estado los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español que sean exportados sin la autorización requerida por el artículo 5.º de esta Ley. Dichos bienes son inalienables e imprescriptibles.
2. Corresponde a la Administración del Estado realizar los actos conducentes a la total recuperación de los bienes ilegalmente exportados.
3. Cuando el anterior titular acreditase la pérdida o sustracción previa del bien ilegalmente exportado, podrá solicitar su cesión del Estado, obligándose a abonar el importe de los gastos derivados de su recuperación, y, en su caso, el reembolso del precio que hubiere satisfecho el Estado al adquirente de buena fe. Se presumirá la pérdida o sustracción del bien ilegalmente exportado cuando el anterior titular fuera una Entidad de derecho público.
4. Los bienes recuperados y no cedidos serán destinados a un centro público, previo informe del Consejo del Patrimonio Histórico.
Art 36:
1. Los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español deberán ser conservados, mantenidos y custodiados por sus propietarios o, en su caso, por los titulares de derechos reales o por los poseedores de tales bienes.
2. La utilización de los bienes declarados de interés cultural, así como de los bienes muebles incluidos en el Inventario General, quedará subordinada a que no se pongan en peligro los valores que aconsejen su conservación. Cualquier cambio de uso deberá ser autorizado por los Organismos competentes para la ejecución de esta Ley.
3. Cuando los propietarios o los titulares de derechos reales sobre bienes declarados de interés cultural o bienes incluidos en el Inventario General no ejecuten las actuaciones exigidas en el cumplimiento de la obligación prevista en el apartado 1.º de este artículo, la Administración competente, previo requerimiento a los interesados, podrá ordenar su ejecución subsidiaria. Asimismo, podrá conceder una ayuda con carácter de anticipo reintegrable que, en caso de bienes inmuebles, será inscrita en el Registro de la Propiedad. La Administración competente también podrá realizar de modo directo las obras necesarias, si así lo requiere la más eficaz conservación de los bienes. Excepcionalmente la Administración competente podrá ordenar el depósito de los bienes muebles en centros de carácter público en tanto no desaparezcan las causas que originaron dicha necesidad.
4. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo será causa de interés social para la expropiación forzosa de los bienes declarados de interés cultural por la Administración competente.
#74 obviamente, no puedes destruir material historico o artistico en ningun pais, a pesar de que sea de tu propiedad
#74 Coñe, como los del ISIS cuando se hacen con una ciudad y pasan a ser sus gobernantes y empiezan a destruirlo todo.
Vale que no entiendo de arte, pero JODER que feo.
Yo no estaría tan contento. El Picaso de Botín pasará a ser propiedad del Estado, es decir el Estado pasa a ser responsable de cuidarlo, vigilarlo y si corresponde exponerlo. Y no puede venderlo...O sea mas presupuesto para museos y menos para becas...
#76 Pero que dices
veréis como se bajan los pantalones y de vuelta para los botin, luego volvéis a votar a los mismos pq " duele y mola"
¿estaba en el barco? ¿con bandera española? Va a declarar que lo iba a colgar ahi y que el barco es territorio español.
Ese cuadro no lo vereis en un museo, Vuelve a casa de los Botín fijo, que para eso estan las leyes, para proteger a los banqueros.
Pues coche nuevo para la guardia civil