Hace 9 años | Por --469757-- a directa.cat
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Las pistolas Taser son armas paralizantes que pueden emplearse en contacto directo sobre el cuerpo o mediante el lanzamiento a una distancia de 6-7 metros de dos dardos, conectados al arma por unos filamentos. El arma realiza una descarga de 50.000 voltios pero de bajo amperaje, atacando así el sistema neuromuscular central y causando una contracción incontrolable del tejido y un colapso general momentáneo. La persona suele caer inmediatamente al suelo. La descarga dura cinco segundos y puede realizarse se varias consecutivas. Traducción: #1

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TRADUCCIÓN: #1


En España, la empresa catalana Andreu Soler y Asociados, la misma que distribuye las escopetas de balas de goma, es la distribuidora principal de este tipo de armas. Se desconoce si esta empresa ha participado en el primer encuentro Taser Technology Summit en Canadá este 12 2014.


La controversia: los riesgos que conllevan

Los argumentos de los fabricantes son que las Taser son un sustituto eficaz y netamente menos lesivo -no letal- que las armas de fuego; que son inocuas para la salud, que tienen un número de serie y un registro de usos único que permite investigar los abusos y que tienen un alto poder disuasorio: apuntando un sujeto con el láser suele ser suficiente para disuadirle de su conducta. Sobre los riesgos, argumentan que el voltaje del arma se reduce a 400 voltios cuando llega al cuerpo humano y que numerosos estudios médicos revelan su inocuidad para la salud. Sin embargo, incluso la empresa Taser International en 2005 admitió a The Guardian que el arma puede llegar a ser letal.


Los organismos de derechos humanos por su parte, alertan del número significativo y creciente de víctimas mortales a pesar de que no se han realizado informes médicos rigurosos e imparciales sobre los efectos de las Taser aunque hubo pareceres médicos que alertan del riesgo de sufrir ataques de corazón. También advierten del peligro de ser usada de manera abusiva por el hecho de que es pequeña, fácil de manejar y sobre todo que no deja rastros físicos sobre el cuerpo y, por tanto, es fácil de enmascarar su utilización. El Comité de Naciones Unidas contra la Tortura en 2006 sostuvo que su uso "causa un severo dolor que constituye una forma de tortura" recomendando a los estados que abandona el uso; por su parte, el Comité de Derechos Humanos del Pacto de Derechos Civiles y Políticos en 2006 también recomendó que las Taser sólo se utilizaran en situaciones en las que estaría justificado el uso de armas de fuego. Amnistía Internacional estudió el uso de las Taser en Estados Unidos y Canadá, señalando en su informe de 2007 un "inquietante historial de abusos contra los derechos humanos", revelando que en Estados Unidos entre 2001 y 2007 murieron 150 personas bajo custodia policial después de aplicarlos Taser. El uso de estas armas parece realizarse demasiado a menudo de manera indebida. Este uso "normalizado" contradice previsiones internacionales como las de Naciones Unidas de 1979 sobre las normas de conducta en el uso de la fuerza por parte de los funcionarios encargados de cumplir la ley o los principios básicos sobre el uso de la fuerza y la uso de armas de fuego por estos mismos, de 1990. lo cierto es que su uso no ha sustituido ni disminuido el uso de armas de fuego. El informe destacaba que en Estados Unidos, 5.000 centros penitenciarios y comisarías de 49 estados tenían Taser. El ejército estadounidense también las ha usado en Irak. El comercio ilegal de estas armas también es un foco de preocupación y ya se han dado casos de maltrato dentro del hogar o hacia menores y hacia las mujeres en las que se han usado Taser.


Regulación y postura de las autoridades en España

En el ámbito europeo, la comercialización de estas armas, ha encontrado un primer obstáculo para las previsiones del Reglamento 1236/2005 de 27 de junio de 2005 sobre el comercio de determinados productos que pueden usarse para infligir torturas o malos tratos, que exige la autorización gubernamental para las importaciones de dispositivo de electrochoque de más de 10.000 voltios. Hoy en día, el Estado español todavía no ha regulado las sanciones para el incumplimiento de esta normativa.


En España el Reglamento de Armas (RD 137/1993, de 29 de enero) prohíbe la libre venta de defensas eléctricas (donde se introducen las Taser) a los particulares por el peligro que suponen y las limitan a los funcionarios habilitados, de acuerdo con unas regladas condiciones. La LO 2/1986, de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, atribuye la competencia exclusiva sobre esta materia a la Guardia Civil española que ha de autorizar y registrar todas las armas, sin embargo, hay normativa que regula la materia policial a escala autonómica y local, que por su generalidad sobre este aspecto concreto les da un amplio margen de maniobra. Esta normativa escasa, irregular y ambigua provoca una presencia desigual en todo el estado.


Amnistía Internacional destacaba en su informe "Voltios sin Control" de 2007, la falta de colaboración de varias administraciones en la aportación de datos sobre la compra y uso de Taser y exponía el desconcierto generado por la respuesta del 2007 del Ministerio de del Interior y de diferentes Gobiernos Autonómicos según las cuales desconocían si los diferentes cuerpos policiales habían adquirido y usaban Taser. Este extremo contrasta con la realidad que ha ido teniendo eco en los medios de comunicación, como la información de la compra de Taser por parte de los Mossos o su adquisición por el Ayuntamiento de Blanes, ambas en 2007. La falta de datos oficiales y de reconocimiento del uso de estas armas por parte de la autoridad, además de una grave irresponsabilidad, vierte a concluir la falta de control que se realiza sobre las mismas, la falta de formación específica que se proporciona a los agentes y sobre todo, la falta de avance en la regulación específica de su uso.


Recomendaciones y llama al debate social

Ante este panorama, Amnistía Internacional efectuó un requerimiento al Gobierno Estatal exigiéndole el cumplimiento del Reglamento europeo 1236/2005, ampliándolo a los Gobiernos de las CC.AA en el sentido de suspender el uso de las Taser y de su adquisición hasta que no se realicen investigaciones rigurosas e independientes sobre sus efectos. Mientras no se haga efectiva esta suspensión, AI pide que la autoridad investigue el uso efectivo de estas armas, que se establezcan directrices comunes para su uso; que se apliquen sólo como alternativa a situaciones en las que se podrían usar armas de fuego; que se ofrezca formación adecuada de los agentes; que se haga efectiva una puntual rendición de cuentas de los casos en que se usan; que se sancionen sus abusos y la prohibición de aplicación a las personas especialmente vulnerables. Estas recomendaciones, que hoy en día siguen sin ser efectivas.

Más allá de esta postura, en España topamos con una realidad muy concreta, como se evidenció en el caso de las balas de goma. Hasta su prohibición en abril de 2014, se habían ido usando contra manifestantes, como si se tratara de "enemigos" del orden público "en vez de ciudadanos ejerciendo su derecho a la protesta en un contexto de conflicto social. Las balas de goma iniciaron el debate sobre el hecho de que unas armas tan peligrosas se estaban usando sin ningún tipo de consenso social, con una regulación del todo insuficiente y con un desconocimiento absoluto de los efectos lesivos de las mismas por parte de los gobernantes que n habían autorizado el uso, a pesar de haber causado perjuicios irreversibles a varias personas en un corto lapso de tiempo.

En este escenario, la única opción posible es la de incentivar el debate para lograr la prohibición de cualquier arma significativamente lesiva, como las Taser y para exigir que sean la sociedad civil y el Parlamento los que consensúen la decisión sobre el modelo de policía que deseamos así como las armas que pueden usar, y no los cuerpos policiales, por decisión suya unilateral como ha sucedido hasta ahora.