La STS 12 de diciembre 2017 (rec. 668/2016), contrariamente a la doctrina consolidada de la jurisdicción social, acaba de establecer que el art. 120 TRLCSP no puede imponer la subrogación de empresa, sino que simplemente establece una obligación informativa. Supone un cambio muy importante antes de la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público
Comentarios
ibdehere
Me parece bastante relevante la noticia con independencia de la falta de etica del que la publica