Texto íntegro de la 122/000224 Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para prohibir el proxenetismo en todas sus formas. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
#1:
Lo más polémico del texto, que presumiblemente se va a aprobar, en mi opinión es lo siguiente:
Tres. Se introduce un nuevo artículo 187 ter, con la siguiente redacción:
'Artículo 187 ter.
1. El hecho de convenir la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación de contenido económico, será castigado con multa de doce a veinticuatro meses.
Entiendo que prohíbe incluso la contratación de alguien para la producción de pornografía.
#5:
No soy usuario, pero…¿no sería mejor legislarlo y proteger mejor a las/los trabajadores en vez de prohibir?
Que yo sepa, prohibir algo no sirve de nada. Solo se esconderá más, pero seguirá existiendo.
Lo más polémico del texto, que presumiblemente se va a aprobar, en mi opinión es lo siguiente:
Tres. Se introduce un nuevo artículo 187 ter, con la siguiente redacción:
'Artículo 187 ter.
1. El hecho de convenir la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación de contenido económico, será castigado con multa de doce a veinticuatro meses.
Entiendo que prohíbe incluso la contratación de alguien para la producción de pornografía.
#1 no soy jurista, pero salvo que se regule en otros puntos, podría ser.
Sabes si definen que son actos de naturaleza sexual? Pagar onlyfans es convenir actos de ese tipo?
Organizar un calendario en bolas o un striptease benéfico para recaudar dinero es proxenetismo?
No se...parece que se busca la inseguridad jurídica con este tipo de leyes que parece que buscan sobre-regular delitos ya contemplados ...
Pero como digo, soy bastante iletrado en asuntos jurídicos. Si alguien conoce a meneantes que sepan de estos temas, que los citen a ver si nos dan opiniones fundadas.
#1 ¿Esto no se contradice con la ley del solo si es si?
«Artículo 178. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento».
#8 Entiendo que sí pero no sabría decirte porque de leyes no controlo mucho.
Imagino que una vez aprobada esta nueva Ley tendrán que modificarla, porque sino pasarán una de dos cosas: que no se aplique la ley o que se procese y condene a mucha gente.
Es un sinsentido, es lo que tiene legislar a golpe de eslóganes.
#1 Se castiga tanto a la prostituta como al cliente. Esto se llama "prohibición". Es el modelo USA. A partir de aquí todo vale. Pederastas, felicidades.
Lo peor es definir lo que es "naturaleza sexual" más viendo la mente sucia de demasiadas personas. Convirtiendo imágenes inocentes en algo obsceno o pornográfico.
Comentarios
No soy usuario, pero…¿no sería mejor legislarlo y proteger mejor a las/los trabajadores en vez de prohibir?
Que yo sepa, prohibir algo no sirve de nada. Solo se esconderá más, pero seguirá existiendo.
Lo más polémico del texto, que presumiblemente se va a aprobar, en mi opinión es lo siguiente:
Tres. Se introduce un nuevo artículo 187 ter, con la siguiente redacción:
'Artículo 187 ter.
1. El hecho de convenir la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación de contenido económico, será castigado con multa de doce a veinticuatro meses.
Entiendo que prohíbe incluso la contratación de alguien para la producción de pornografía.
#1 El término "actos de naturaleza sexual" ¿puede entenderse como le salga al juez o es un térmido definido en otro apartado?
#1 no soy jurista, pero salvo que se regule en otros puntos, podría ser.
Sabes si definen que son actos de naturaleza sexual? Pagar onlyfans es convenir actos de ese tipo?
Organizar un calendario en bolas o un striptease benéfico para recaudar dinero es proxenetismo?
No se...parece que se busca la inseguridad jurídica con este tipo de leyes que parece que buscan sobre-regular delitos ya contemplados ...
Pero como digo, soy bastante iletrado en asuntos jurídicos. Si alguien conoce a meneantes que sepan de estos temas, que los citen a ver si nos dan opiniones fundadas.
#3 Ah, mira, aquí lo está explicando:
#1 ¿Esto no se contradice con la ley del solo si es si?
«Artículo 178. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento».
#8 Entiendo que sí pero no sabría decirte porque de leyes no controlo mucho.
Imagino que una vez aprobada esta nueva Ley tendrán que modificarla, porque sino pasarán una de dos cosas: que no se aplique la ley o que se procese y condene a mucha gente.
Es un sinsentido, es lo que tiene legislar a golpe de eslóganes.
#1 Se castiga tanto a la prostituta como al cliente. Esto se llama "prohibición". Es el modelo USA. A partir de aquí todo vale. Pederastas, felicidades.
Lo peor es definir lo que es "naturaleza sexual" más viendo la mente sucia de demasiadas personas. Convirtiendo imágenes inocentes en algo obsceno o pornográfico.
Saludos.
Por algo se fue el campechano...
Contratar a una chica guapa porque es guapa y va a traer clientela varón va a suponer un problema, mejor contratar a la fea.