Durante las vacaciones, el trabajador puede realizar otras actividades, incluso laborales, si no hay pacto de exclusividad ni se incurre en competencia desleal. Las vacaciones no implican una obligación legal de descansar ni suponen que la empresa controle ese tiempo. El Tribunal Constitucional ha rechazado que el empresario imponga cómo usarlas. La empresa no puede despedir al trabajador por trabajar en vacaciones si no vulnera sus deberes contractuales.
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Así que si un empresario quiere lealtad, que se compre un perro.
<<¿Qué límites existen? Básicamente, dos: que no exista un pacto de exclusividad con la empresa principal y que no se incurra en competencia desleal.>>