Actualidad y sociedad
9 meneos
63 clics
Rebajan la pena a un hombre por agresión sexual a una menor y difundir un vídeo en Instagram

Rebajan la pena a un hombre por agresión sexual a una menor y difundir un vídeo en Instagram

La resolución judicial cuenta con el voto particular del magistrado de la Sala de Apelación José Luis Ruiz Martínez, quien abogó por un pronunciamiento absolutorio al considerar que no solo las relaciones sexuales fueron plenamente consentidas sino que además también ambos mostraron su voluntad de filmar el encuentro sexual, sin que conste la identidad de quién difundió las imágenes en Instagram...

| etiquetas: leyes , justicia
Está feo eso de excusar el abusar sexualmente de menores.

Pero tú, aqui estás, haciéndolo, por lo que sea
UN VOTO PARTICULAR LLENO DE SENTIDO COMÚN, NO SE LO PIERDAN (la "víctima" nunca denunció): El magistrado apunta que tanto el acusado como la menor mantuvieron una "dilatada relación de naturaleza afectiva" por medio de la red social Instagram, en el curso de la cual la menor remitió al acusado varios vídeos en los que se "exhibía desnuda y en aptitud ciertamente provocativa". Así, apunta que fue la menor quien un día, aprovechando la ausencia de sus

…   » ver todo el comentario
#1 a mí de 14 a 18 años no me parece cercanía, cercanía es de 14 a 16.
#3 Súmale 1, que el condenado tenía 19 en aquel momento aunque el panfleto que regalan en los semáforos sólo diga mayor de 18.
www.diariodealmeria.es/almeria/once-anos-prision-agredir-menor_0_20054
#3 tu no eres juez
#16 ni tengo su dinero ni influencias.
No veo el problema en que no le condenen por follar, pero si la chica era menor, difundir porno suyo es pornografia infantil, lo hiciera quien lo hiciera. Y eso es un delito serio.
#9 Es un delito gravísimo, y se le tendría que caer el pelo
#9 Yo en lo primero tampoco me voy a meter. La cría no tenía edad para dar consentimiento, eso es un hecho objetivo, pero la propia ley prevé excepciones por cercanía madurativa así que se introduce un elemento de subjetividad que queda en manos del tribunal y que sólo ellos, que contarán con todos los datos posibles, pueden valorar. Ahora bien, de la difusión de pornografía no hay duda. El video está probado que lo difundió él y las fotografías no está probado pero el hecho de que difundiera el video me parece lo suficientemente indiciário, aunque no pudiera ser condenado por ellas.
#9 Lo difundió al menos a una persona.
#_1 Pues claro que la víctima no denunció (las comillas te las ahorras, que difundieron sus desnudos y videos sexuales por redes sociales). Por si no te has dado cuenta, con 14 años es una menor y la representación legal la ejercen sus padres.
A mi 14 y 18 no me parece una distancia insalvable para unas relaciones consentidas, las mujeres maduran antes, el que no lo sepa tiene poca calle....
conoci a mi mujer con 17 y yo tenia 22, y tenia la cabeza mucho mejor amueblada que yo, si la hubiera conocido poco nas de un año antes hubiera sido delito? Un matrimonio feliz, tras 26 años y tres hijos, porque la legislacion mojigata y la moral caduca de cuatro salvapatrias estiman que no entra en sus canones.... Lo siento pero no, cada caso…   » ver todo el comentario
Las imágenes las difundió el FGE o su entorno.
En la noticia, dice que un magistrado votó en contra. Deduzco que al menos hay tres magistrados para que no haya empate.
Ahora entiendo que la justicia en España esté colapsada.
#6 Hombre es un caso penal con muchos años de condena, no en todos los casos habrá más de uno
#8 Los recursos de apelación en las salas de lo penal de los tribunales superiores de justicia siempre son resueltos por órganos colegiados, es decir, que son un mínimo de tres magistrados.
#6 ¿No sabes que hay juzgados unipersonales y tribunales colegiados, en España y en casi todos los países?

#7 Qué comentario tan repugnante, majo.
Lo típico cuando las pillan.
comentarios cerrados

menéame