Hace 1 año | Por Quinqui a aseryde.com
Publicado hace 1 año por Quinqui a aseryde.com

La Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2223/2022 del pasado 25 de octubre de 2022 da respuesta al lugar de tributación de un residente en España que teletrabaja para una empresa extranjera.

Comentarios

y

#2 Lo que habría que aclarar ahí es el contrato de trabajo. No es lo mismo tenerlo en España con sus derechos y beneficios que tenerlo en USA aunque estés teletrabajando desde España.

Para empezar habría que ver como esta la cobertura sanitaria y de pensiones de ese trabajador. Solo faltaría ahora que tuviéramos que pagar la sanidad de alguien que no cotiza en España.

blockchain

#3 "Solo faltaría ahora que tuviéramos que pagar la sanidad de alguien que no cotiza en España."
Se hace, y mucho.
España es muy de derechos y poco de obligaciones

D

#5 hay millones, de hecho

thorin

#3 Eso es cierto.
Pero creo que cómo la noticia es un tema de Hacienda, no habrán entrado allí.

De todas maneras, por lo que recuerdo hay convenio bilateral con EEUU para la pensión.

G

#2 Creo que ahí está el matiz, tributar sin considerar el tiempo que permanezcas en España, un mes , 6 meses o todo el año. Cuidado con los acuerdos de doble imposición. He visto clientes trabajando en Dubai, Arabia Saudí, etc que la empresa española les paga allí, y traerse el dinero es un suplicio.

Urasandi

#2 Son los acuerdos entre paises para evitar la doble tributacion, y si, hay entre muchos.

Cuando me toco mirar alguno, lo unico que decia es que si pasaba mas de medio año fuera podia elegir donde pagar mis impuestos. Esto parece que obliga.

ChukNorris

Claramente ...

Y

Dónde se buscan estos curritos?
Porque trabajar para empresas en España es la reina económica del trabajador.
Al menos de aquellos que curran.

t

#6 Yo los dos que conozco (uno en empresa suiza y otro, holandesa) ha sido a raíz del teletrabajo en pandemia, que se vinieron aquí y así lo siguen haciendo, pero es algo acordado con sus jefes de área (por lo que si los cambian y vienen otros, pueden perder ese derecho).
Y no es legal, pero están registrados en los países de trabajo y no en España, por lo que aunque viven el 80% del tiempo aquí, sólo pagan impuestos en los países de las empresas.