Hace 5 años | Por Mysanthropus a delajusticia.com
Publicado hace 5 años por Mysanthropus a delajusticia.com

Un sorprendente auto de la Sala Social del Tribunal Supremo desliza un inquietante pronunciamiento, en relación con la sentencia del Canal de Isabel II Gestión SA que no aplicó la figura del indefinido no fijo, sino la del indefinido “a secas” por considerar que los principios constitucionales de publicidad, mérito y capacidad no son aplicables a las sociedades de capital público, salvo que la legislación autonómica expresamente lo disponga.