Una decisión ante la que el INSS presentaba un recurso de suplicación ante el TSJM. Ello, alegando que «no ha quedado acreditada una grave dificultad para la movilidad, como tampoco la gravedad o severidad del cuadro ansioso-depresivo que invoca». Algo que, para la Seguridad Social, la hace apta para trabajar. Un recurso rechazado por el TSJM en su sentencia 1185/2024. «Lo novedoso de esta sentencia es que el TSJM incide en la importancia de valorar todos los diagnósticos por igual, y cómo afectan al desarrollo de la profesión habitual...
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