Hace 2 años | Por iñakiss a naiz.eus
Publicado hace 2 años por iñakiss a naiz.eus

En agosto de 2015 se demostró que biológicamente la demandante no era hija de su madre. La otra joven intercambiada tras el nacimiento, por su parte, se negó a someterse a las pruebas correspondientes para esclarecer los hechos. En septiembre de 2021, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Iruñea consideró como un hecho «objetivo e innegable que no existe filiación biológica» entre la madre e hija recurrentes.

Comentarios

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Respecto a la repercusión del daño moral, los magistrados indican que «es permanente, y que se da una peculiaridad en el sentido de que no ha sido posible, ni parece vaya a serlo, la relación con la familia biológica pues la otra familia nada quiere saber del asunto de modo que se habla de imposibilidad de reconstrucción familiar y la afectación lo es respecto de aspectos de la persona tales como la identidad y la relación familiar, lo que en palabras de la experta en sicología, ensombrece el pronóstico, sin olvidar que la familia es un sistema y las repercusiones afectan a todos los miembros de la familia pues todo el sistema familiar se ha desestabilizado».

Su madre biológica murió a los 41 años algo que ya no tiene remedio pues no la ha podido conocer,lo que no entiendo es que la familia no quiera saber nada de ella.

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#1 Pues porque para esa familia, la hija es la que es, y no la otra. Como se suele decir en las adopciones: "padres son lo que te han criado". Yo puedo entender que no quieran meterse en berenjenales que puedan suponer una carga psicológica.

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#2 En este caso se trata de una terrible confusión y por mucho que quieran a la que han criado,algo totalmente comprensible,me parece increíble que ni siquiera intenten conocerla.

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#3 Bueno, la cosa es que todo esto fue en 1993... hace casi 30 años.